Nalgadas ameritan tres años de cárcel
Acoso callejero es tipificado como abusos deshonestos
Zulema López
El acoso callejero sí se puede denunciar e incluso las nalgadas pueden causar penas contra el agresor de hasta tres años en la cárcel, advirtió la magistrada presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Querétaro (TSJEQ), Consuelo Rosillo Garfias.
Explicó que independientemente de los ajustes que al respecto pudieran realizarse en la Legislatura Local, tanto hombre como mujer que sufran de un acoso tienen que presentar la denuncia correspondiente, para que las autoridades puedan actuar.
El Código Penal establece, continuó, que hombre o mujer que incurre en agresiones, que pueden consistir desde una nalgada, incurre en abusos deshonestos, pese a que el hecho no tenga la intención de llegar a algo más.
Se trata, dijo, de un acto que puede sancionarse con penas que van de los tres meses a los tres años de prisión.
Sin ahondar en el número de casos, explicó que sí resultan denuncias comunes, que se sancionan a partir de la gravedad de los tocamientos.
Argumentó que “tenemos un derecho penal de la mínima intervención” que da la posibilidad al acusado de llevar el procedimiento en libertad, aunque debe tomarse en cuenta la gravedad de los tocamientos.
EL BEBÉ ABANDONADO























