Violentan pintas de bardas al Cofipe
Las pintas en bardas detectadas en el estado podrían constituir actos anticipados de precampaña
Lorena Sandoval
Además, el uso de las bardas para colocar lemas, frases o posicionar nombres e imágenes de aspirantes o candidatos se considera como parte de los elementos que se usan en las campañas electorales, similar a la televisión o cualquier otro medio.
En los artículos 344, 345 y 347 establece que todos quedan sujetos a cualquiera de las disposiciones contenidas en el Cofipe, cuyo artículo 229 considera parte de la propaganda electoral el uso de bardas, mantas, volantes, pancartas, utilitarios y otros similares.
La Ley Electoral del estado en su artículo 211 de la Ley Electoral advierte que los actos anticipados pueden ser denunciados ante el Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ), que a través de un procedimiento especial puede investigar.




























