Localviernes, 9 de enero de 2026
La unión forzada de menores ya es delito y tendrá penas de prisión en Chiapas
La reforma al Código Penal busca proteger a niñas, niños y adolescentes, castigando la cohabitación forzada
Isaí Flores

En Chiapas, la cohabitación forzada es un delito; nadie debe habitar en un hogar donde esté en peligro. Es un delito y debe ser denunciado. Quien o quienes obliguen a la cohabitación de manera forzada a una persona menor de edad deberá enfrentar la acción penal. Para ello, el Congreso del Estado ha reformado el artículo 226 Quinquies del Código Penal para el Estado de Chiapas, en el capítulo II Ter.
Indica el dictamen aprobado a finales de diciembre por el Congreso del Estado que “comete el delito de cohabitación forzada de personas menores de 18 años de edad, o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicite, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin su consentimiento, con alguien de su misma condición o con persona mayor de 18 años, con el fin de convivir de forma constante y equiparable a la de un matrimonio”.
Indica el nuevo marco jurídico que al responsable de este delito se le impondrá pena de ocho a quince años de prisión y multa de mil a dos mil quinientos días. La pena prevista se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo, si la víctima pertenece a un pueblo o comunidad indígena o afromexicana.
Al Código Penal para el Estado de Chiapas se adicionó al título quinto el capítulo II Ter, denominado “Cohabitación Forzada de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o para resistirlo”, así como el artículo 226 Quinquies.
Explica el texto que la cohabitación formal equiparable a matrimonio o unión conyugal y marital, la violencia física y psicológica, el abuso sexual y los feminicidios son condiciones que enfrentan las mujeres por el solo hecho de ser mujer y por la desigualdad en la que viven, lo que provoca el atropello del género; en ese contexto se habla de las mujeres menores de 18 años.

“En Chiapas se trata de un problema sin cifras específicas, debido a que en la mayoría de los casos se sustenta en la práctica de usos y costumbres de los lugares, donde es imposible legitimar un porcentaje ante alguna autoridad, lo que nos lleva a realizar registros de ocurrencia”.
Chiapas, dice el sustento de la reforma, es “una de las entidades con mayor volumen de madres niñas, con el mayor número de nacimientos de madres niñas de 10 a 14 años, registrándose en el año 2021 un total de 826. El estado ocupa el segundo lugar en grado de marginación; el 13.7 por ciento de la población es analfabeta, el más alto; solo el 48 por ciento cuenta con educación básica; el 56 por ciento de la población de 10 a 14 años reside en zonas rurales; el 31 por ciento de adolescentes habla alguna lengua indígena y el 1 por ciento se considera afrodescendiente”.
“La desigualdad de los niveles de fecundidad en el estado es enorme; mientras que en el municipio de Mitontic la tasa de fecundidad de adolescentes de 15 a 19 años es de 332 nacimientos por cada mil adolescentes, en San Andrés Duraznal es de 215, en los municipios de La Libertad y Sunuapa la tasa es de 15 y 25 nacimientos por cada mil adolescentes. La razón de fecundidad forzada en niñas de 10 a 14 años descendió de 3 nacimientos por cada mil niñas en 2015 a 2.8 nacimientos en 2022”.