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Análisislunes, 20 de abril de 2026

Derecho familiar / Trascendencia en la República Mexicana del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (VII)

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Procedimiento sucesorio judicial sin controversia

¿Cuál es su naturaleza jurídica?

¿Cuándo procede de acuerdo con el numeral 799 este juicio y bajo qué vía se tramita?

¿Cómo se inicia?

¿Ante quién se tramita?

¿Qué contiene la resolución del Juez?

¿Pero qué límites tiene esta resolución?

¿Qué principios se le aplican a este procedimiento?

¿Cuál es la consideración doctrinal atendiendo a que éstos son juicios universales?

¿En qué consiste la sucesión testamentaria o intestamentaria tramitada ante Notaria o Notario público?

¿Cuál es la naturaleza jurídica de estas sucesiones?

¿Cuáles son los supuestos para que proceda esta clase de juicio testamentario o intestamentario?

¿Cómo y cuándo se inicia el trámite de esta sucesión?

¿Cómo se desarrolla este procedimiento?

¿Cuándo va a intervenir el Ministerio Público?

¿Qué efectos jurídicos produce la escritura pública?

¿Cuándo debe remitirse esto al Juez Civil o Familiar?

¿Qué principios le van a ser aplicables a esta sucesión?

¿Cuál es la importancia sistemática?

¿Qué objetivos se persiguen dogmáticamente con la sucesión ante Notaria o Notario?

Las opiniones vertidas en este artículo son responsabilidad de quien las emite y no de esta casa editorial. Aquí se respeta la libertad de expresión

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