Localmiércoles, 1 de octubre de 2025
¿Qué es el MTU y cómo modificarlo? Contadores de Sonora lo explican
Esta medida tiene como objetivo reforzar la seguridad en las operaciones bancarias electrónicas
Esta medida tiene como objetivo reforzar la seguridad en las operaciones bancarias electrónicas

A partir de este 1 de octubre entró en vigor la obligación para todos los usuarios de la banca de establecer su Monto Transaccional del Usuario (MTU), una medida que tiene como objetivo reforzar la seguridad en las operaciones bancarias electrónicas, explicó María Guadalupe Ruiz Durazo, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Sonora (CCPS).
Esta disposición, emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), establece que cada persona debe definir el monto máximo por operación bancaria, ya sea para transferencias, pagos de servicios o impuestos.
De no hacerlo, el banco establecerá un límite predeterminado de alrededor de 12,800 pesos (1,500 UDIS) por transacción, mencionó, por lo que pagos u otros tipo de movimientos de dinero pueden verse afectados.
“Para evitar problemas, se recomienda revisar cuáles son los montos que normalmente se transfieren o incluso se usan para pagar impuestos. A través del portal de internet de cada institución financiera se puede definir ese monto, y aunque puede ser modificado en cualquier momento, hay que estar atentos”, recomendó.

Esta medida responde a recomendaciones internacionales en materia de prevención de lavado de dinero, abundó, así como al interés por proteger al usuario ante posibles fraudes o transacciones no autorizadas, sin embargo, advirtió que quienes no actualicen este dato podrían enfrentar bloqueos inesperados al intentar realizar pagos mayores.
Sugirió que tanto personas físicas como microempresarios revisen de inmediato sus movimientos más frecuentes, y actualicen su límite a través del portal electrónico de su banco, ya que cada institución financiera tiene la responsabilidad de facilitar este proceso a sus clientes.
“Esto es especialmente relevante para las MIPYMES, microempresarios o personas físicas que realizan pagos frecuentes con tarjetas de crédito. Es fundamental revisar las operaciones más comunes y establecer límites adecuados a través del portal bancario. Si no se hace, la institución financiera lo definirá automáticamente“, apuntó.
Agregó que las cuentas más pequeñas, clasificadas como nivel 1, que manejan montos inferiores a 6,400 pesos, no están obligadas a definir un MTU, por lo que la medida impacta principalmente a quienes realizan operaciones de mayor volumen o pagos empresariales.
Invitó a la población a no compartir esta información ni delegar el trámite, ni siquiera a contadores o familiares a fin de no comprometer esos datos personales, ya que si alguien tiene dudas, debe acudir directamente a su banco para recibir asesoría.