Legrado ya no es recomendable para abortar: OMS
En los lineamientos se establecen las condiciones mínimas que se deben tener para garantizar la ILE
Verónica Angeles
En los lineamientos se establecen las condiciones mínimas que se deben tener para garantizar un aborto seguro a las mujeres que así lo requieran; desde el momento que la mujer llega a una clínica o centro de salud hasta el momento en que la fémina sale del hospital después de haber pasado por el procedimiento de interrupción legal del embarazo (ILE).
Las opciones en lugar del legrado son el uso de medicamentos o la aspiración, “métodos más prácticos y de carácter ambulatorio, con efectividad alta y que no requieren de infraestructura distinta en las clínicas de salud.
Las ponentes, también señalaron que en todo el país, a lo largo y ancho del territorio mexicano, el mayor reto es el desconocimiento del personal de salud sobre las circunstancias en las es legal interrumpir un embarazo.
Asimismo, comentaron que existen barreras para menores de edad para practicarse un aborto en las instancias de salud y eso también es por el desconocimiento del personal de salud.
Por otro lado, respecto al tema de objeción de consciencia, señalaron que si bien está previsto en la legislación e incluso en los lineamientos no se puede negar la atención en un caso de emergencia médica, pese a que el médico sea un objetor.
Lo anterior, debido a que la objeción de consciencia “no puede ser una barrera que afecte y ponga en riesgo que los procedimientos se realicen de forma segura”.

























