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Análisismartes, 7 de abril de 2026

Deducciones personales en declaración anual de personas físicas

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Todo contribuyente tiene la esperanza de obtener un saldo a favor y les toma por sorpresa que al momento de realizar su declaración les da un impuesto a pagar y se preguntan ¿por qué?, si estuvieron realizando varios gastos de deducciones personales durante el año y los facturaron.

A continuación, detallo los conceptos que califican como deducciones personales y las condiciones que deben cumplirse para reducir la base gravable del ISR y ejercer correctamente este derecho.

D01 Honorarios médicos, dentales y gastos hospitalarios.

D03 Gastos funerales:
Del contribuyente y de sus familiares en línea recta: cónyuge o persona con quien vives en concubinato, madre, padre, abuelas, abuelos, hijas, hijos, nietas y nietos, siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la UMA anual (41,274 pesos).

D04 Donativos.
A instituciones autorizadas por el SAT, hasta el 7% de los ingresos acumulables del contribuyente y hasta 4% para los otorgados a la Federación.

D05 Intereses reales pagados por créditos de casa habitación.
Créditos hipotecarios adquiridos para la construcción, remodelación o adquisición de casa habitación. El crédito otorgado no debe exceder de 750 mil UDIS, al 31 de diciembre de 2025 (seis millones 499 mil 040.2 pesos).

D06 Aportaciones voluntarias al SAR (Afore y cuentas de planes personales de retiro).
El monto máximo de deducción es el que resulte menor entre el 10% de tu ingreso anual acumulable del ejercicio o cinco UMAS anuales (206,370 pesos).

D07 Primas por seguros de gastos médicos.
Para ti y, en su caso, tu cónyuge, persona con quien vives en concubinato, ascendientes o descendientes en línea recta, mientras no perciban ingresos iguales o mayores a 41,274 pesos en el ejercicio 2025.

H2
Deducciones escolares y otros gastos autorizados

D08 Gastos de transportación escolar obligatoria.

D09 Depósitos en cuentas para el ahorro, primas que tengan como base planes de pensiones.
Hasta aportaciones de 152,000 pesos en el año.

D10 Pagos de colegiaturas.

Preescolar: 14,200 pesos.
Primaria: 12,900 pesos.
Secundaria: 19,900 pesos.
Profesional técnico: 17,100 pesos.
Bachillerato o su equivalente: 24,500 pesos.

Las cuotas por concepto de inscripción o reinscripción no pueden ser deducibles. Muy importante que en el CFDI el complemento de datos contenga el nombre y la CURP de la persona que estudia, su nivel escolar y clave de Reconocimiento de Validez Oficial (RVOE).

Requisitos indispensables para deducir

Los gastos mencionados que sean relacionados con el tema de salud pueden ser para ti, tu cónyuge o concubino/a, tus padres, abuelos, hijos y hasta tus nietos.

Forzosamente se tienen que pagar estos gastos por parte del contribuyente mediante transferencia electrónica, tarjeta de débito, tarjeta de crédito y/o cheque. No se puede realizar el pago en efectivo; si lo haces, en automático pierdes el derecho a la deducción.

Debes solicitar el CFDI (factura) a tu nombre y con tu RFC; la factura debe cumplir con todos los requisitos de ley y cuando te soliciten el uso del CFDI debes mencionar el indicado con la clave correcta, que son las que te describo en este artículo.

Topes máximos de deducción

Si actualmente tributas en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico), no puedes aplicar deducciones personales.

Socio, Director en FP Corporativo.
francopadilla@fpcorporativo.com
@CPFRANCOPADILLA

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