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Localdomingo, 8 de febrero de 2026

La omisión que cambió mi vida: Del cáncer que no sabía

Una omisión en el sistema de salud transformó una enfermedad tratable en un cáncer avanzado

Alejandro Paul Hernández Naranjo

La llamada nunca llegó.

Vladimir no solo acompañó a Valeria en cada hospitalización. También fue quien vio cómo ella perdió progresivamente su capacidad para trabajar, su estabilidad emocional y su proyecto de vida.

La Constitución reconoce que el Estado debe responder por los daños que cause a las personas cuando éstos se producen como consecuencia de su actividad administrativa irregular.

Dicho de forma simple: si un servicio público se presta de manera defectuosa y de ello se deriva un daño que una persona no está obligada jurídicamente a soportar, existe el derecho a ser indemnizado.

la actuación negligente u omisiva del personal médico de instituciones públicas constituye actividad administrativa irregular.

Aquí no se discutió un error quirúrgico ni un tratamiento equivocado. El problema central fue otro, más silencioso y, a veces, menos visible: no informar a la paciente el resultado de un estudio oncológico fundamental.

Esa omisión, por sí sola, rompe los estándares mínimos de diligencia que deben regir la atención médica institucional. El derecho a la salud no se satisface únicamente con realizar estudios; exige informar, explicar, canalizar y dar seguimiento.

En este caso, el eje de la discusión fue claro: ¿La falta de información oportuna sobre el diagnóstico influyó en el agravamiento de la enfermedad y en las consecuencias que sufrió Valeria? La respuesta del expediente es contundente.

Alejandro Paul Hernández Naranjo
Abogado, académico, especialista en derecho administrativo y electoral, practicante de la justicia abierta y amante de los animales

Instagram: @PaulHerNar

X: @paulalejandrohn

correo: paulalejandrohn

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