Implican un riesgo los trayectos a empresas
Todo este tipo de incidentes siempre se investigan, y cualquier alteración ya no se considera un trayecto normal
Tomás Dávalos Olvera
Accidentes en traslados representaron más de 2,000 incapacidades ante el Instituto Mexicano del Seguro Social a nivel local el año pasado, estos trayectos abarcan exclusivamente el recorrido de la casa al centro de trabajo y viceversa.
Enrique Reyes Jiménez, jefe de Afiliación y Cobranza del IMSS, precisó que la incapacidad por riesgo de trabajo no incluye desviaciones, por ejemplo: “Cuando un trabajador se desvía de su trayectoria para ir a dejar a su niño a la escuela o con su mamá, y de ahí se va al centro de trabajo, entonces ya no es riesgo de trabajo”.
Todo este tipo de incidentes siempre se investigan, y cualquier alteración ya no se considera un trayecto normal, en consecuencia, la incapacidad ya no se otorga por riesgo de trabajo, sino por enfermedad general.
Reyes Jiménez explicó que la diferencia entre un riesgo de trabajo y una enfermedad general radica en que con la segunda modalidad, el trabajador debe cubrir ciertos requisitos, como el número de semanas cotizadas ante el Seguro Social, además, la compensación no se paga al 100%.
Apuntó que cuando el empleado realiza su trabajo en la calle –a lo cual, se le denomina como comisión–, como un cobrador o repartidor, si llega a sufrir un accidente también se le califica como riesgo de trabajo, porque sus labores las realiza fuera de la empresa.
Finalmente, detalló que en todos estos casos se asigna un dictaminador, el cual determina cómo se va a considerar el siniestro, para lo cual lleva a cabo diversas indagatorias, así como entrevistas con el trabajador afectado; añadió que algunos casos se llegan a complicar.
EL DATO
Cuando el trabajador desvía su ruta, ya no es considerado riesgo de trabajo.























