No pueden establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a los padres de familia.
En caso de solicitar donativos, tendrán el carácter de voluntarios.
No exigir a los padres de familia la adquisición con determinados proveedores de útiles escolares, uniformes, libros y otros artículos o servicios.
Los gastos que implique la celebración de eventos cívicos, sociales o recreativos organizados por la escuela, deberán ser voluntarios, sin detrimento de las calificaciones del alumno.
No exigir libros, útiles escolares y uniformes nuevos. Solo podrán requerir que los libros correspondan a ediciones actualizadas y que los útiles y uniformes estén en buen estado.
En aquellos casos en que sea indispensable la adquisición de dichos artículos o servicios con determinados proveedores, los precios de los mismos no deberán ser superiores a los disponibles al consumidor en el comercio en general.