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Policiacamartes, 21 de junio de 2016

El Sol ilumina la justicia

Le quieren quitar su casa por una deuda del esposo fallecido

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Redacción

Por Vicente Leopoldo Avendaño Fernández*

Bienvenidos a esta sección que está hecha por y para ustedes, recuerden que los asesoramos gratuitamente, vía telefónica o por correo electrónico, respecto a cualquier problema legal que tengan.

Debemos señalar que una de las características del pagaré es que se puede cobrar mediante un juicio, aun cuando el que lo suscribió haya fallecido, por lo que no hay que confiarse en ese sentido.

Ahora bien, aunque la Constitución dice que todos tenemos el derecho a ser oídos y vencidos en juicio, en la realidad hay muchos litigios que se llevan en una especie de “secreto” para poder ganar sin que haya una oposición.

Es de todos sabido que si no hay un abogado que esté al pendiente de un asunto, éste no prosperará inclusive si tiene toda la justicia y razón de su lado.

En el caso que hoy nos toca, se emprendió un juicio mercantil en el que se supuestamente se solicita un pago, al no darse éste, se enajena un bien perteneciente al deudor.

Ya en la realidad, existen muchos vivales que andan buscando la forma de apropiarse mañosamente de casas, terrenos, vehículos, etcétera, dentro del marco de la ley, pero de forma ilegítima.

Debido a lo anterior, resulta sumamente importante el verificar y atender los diversos requerimientos, notificaciones o cualquier documento que pueda traer aparejada una obligación, de no darse esto, el conflicto puede crecer como una bola de nieve y tornarse incontrolable y/o insolucionable.

En el caso que hoy nos toca, hay que decir que está perdido el asunto; sin embargo, si se logra demostrar que hubo una incorrecta notificación, hay una posibilidad de revertir las cosas por la inconstitucionalidad del acto. Como siempre sucede, cada caso es diferente y requiere de un estudio particular para encontrar la solución.

Reitero mi consejo de tener mucho cuidado con lo que se firma y de atender los pendientes que pueda dejar una persona, ya que aun después de la muerte subsisten algunas obligaciones que hay que cumplir. Hasta la próxima semana.

Dudas, comentarios o consultas 22 25 64 75 05; justicia_editorial@hotmail.com; síganme en facebook por mi nombre y en twitter: @vicente_aven.

*Doctor en Derecho, consultor legal, abogado postulante y académico universitario.

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