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Localmiércoles, 6 de abril de 2022

Cancela SCJN permiso para planta de amoniaco

La Segunda Sala confirma amparo a la comunidad mayo-yoreme por no realizar una consulta a este pueblo indígena

Martín Durán / El Sol de Sinaloa

Y es que en la Ley se contempla que ante la construcción de una obra que pudiera afectar a poblaciones, sobre todo de ascendencia indígena, se tiene que realizar una consulta avalada por la Semarnat, situación que no se hizo.

Esta comunidad ya había sido favorecida con un amparo por parte del Juez Sexto de Distrito con sede en Los Mochis, pero el caso terminó en la Corte, en donde hoy los ministros aprobaron el dictamen sin discusión de por medio.

En el documento se observa que la consulta es necesaria para que las comunidades puedan revisar si existe o habrá un impacto a futuro por el desarrollo del proyecto en su zona

En este caso la consulta popular del 28 de noviembre pasado, gestionada por la Secretaría de Gobernación, no fue vinculante, pues la ley prevé que se pregunte solamente a los habitantes de la comunidad cuyos territorios están dentro del proyecto.

Con el voto de los cinco magistrados, la Corte resolvió hoy revocar los permisos y autorizaciones que la Semarnat había entregado a GPO en el año 2014, por lo que posible que a partir de ahora comience otro litigio.

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