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Localmartes, 25 de enero de 2022

En Sinaloa quedan prohibidas las corridas de toros

Los legisladores rechazaron el veto que le había aplicado el ex gobernador Quirino Ordaz Coppel a la Ley de Protección Animal donde se prohibía la tauromaquia

Irene Medrano Villanueva / El Sol de Sinaloa

En las reformas a la Ley de Protección Animal quedan prohibidas las corridas de toros al ser clasificadas como actos de crueldad animal.

Asimismo, la reforma establece penas de hasta seis años por el delito de maltrato animal, y multas y clausuras de establecimientos en donde se lleven a cabo espectáculos como peleas de perros.

No contempla, sin embargo, el sacrificio de animales de abasto, charrería y peleas de gallos, al ser considerados de carácter federal y, por lo tanto, inoperante que el Congreso legisle en dicha materia.

Con la aprobación de la reforma, se crean Centros de Bienestar en favor a la protección de animales, y se define a la “zoofilia” como un delito sujeto a sanciones, entre otras.

Igualmente, dijo, vienen a subsanar aquellas lagunas en la normatividad para que la Fiscalía actué en los casos donde se presente una denuncia por maltrato animal y castigar a los responsables con cárcel y no con multas irrisorias de 500 pesos.

En este Decreto se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley de Protección a los Animales, Ley Ambiental para el Desarrollo Sustentable y del Código Penal, todos para el Estado de Sinaloa, en materia de protección a los animales.

En las observaciones el ex titular del Ejecutivo estableció que el Congreso configuró dos regímenes jurídicos, ya que, por un lado, se prohíbe la tauromaquia, y por el otro, hay una permisión para los espectáculos de charrería y pelea de gallos.

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