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Durante el último lustro —si la memoria no me falla—, la reforma laboral que ha tenido en vilo a nuestra población ha sido la que propone disminuir las horas de trabajo de manera oficial, es decir, que la jornada laboral sea reducida de 48 a 40 horas a la semana; siendo esta una de las discusiones más complejas tanto para los legisladores como para la opinión pública en general.
Y sonará trillado por enésima vez que se hace referencia a este dato, pero México es de los países que más horas trabaja a lo largo de un año, según cifras de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), y que solo es superado por otro país latinoamericano, que es Colombia. Incluso, en el Dictamen que se discutió —y posteriormente se aprobó— en la Cámara de Senadores el 11 de febrero pasado, ahí mismo hacen alusión a esta información.
De igual manera, en este mismo documento se esboza que diferentes países han realizado una transición hacia una jornada laboral más digna para los trabajadores. Por ejemplo, en países asiáticos como Corea del Sur hubo una transición paulatina hacia la jornada de 40 horas entre 2004 y 2011; a su vez, ya en el continente americano, en Chile se estableció una reducción de la jornada de 45 a 40 horas que será en un lapso de cinco años, de 2023 a 2028; mientras que en Colombia la transición estaría sucediendo entre 2023 y 2026, pasando de 48 a 42 horas.
No obstante, a pesar de lo fantástico que suena esta transición en otras latitudes, para México —en caso de aprobarse por los Diputados y promulgarse por el Ejecutivo— estaría sucediendo en un lapso de un lustro a partir del próximo año, reduciéndose un par de horas a la jornada laboral cada año hasta llegar a 2030. Aunado a ello, existe una disyuntiva que puede palparse en redes sociales al dejar al descubierto que lo que se estaría modificando son las horas de la jornada laboral y no los días de descanso, que es indirectamente lo que la clase trabajadora estaría exigiendo.
Es decir, actualmente, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en su artículo 123 se menciona y cito textualmente: “Por cada seis días de trabajo deberá disfrutar el operario de un día de descanso, cuando menos”. Mientras que, en la Ley Federal del Trabajo (LFT) tiene un enunciado similar en su artículo 69: “Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, por lo menos, con goce de salario íntegro”.
En ese sentido, la propuesta de la reducción de la jornada laboral solamente haría estos cambios: I) cambiar el artículo 123 de la CPEUM a “La jornada laboral será de cuarenta horas semanales en los términos que establezca la ley. Por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro”; II) modificar el monto y cantidad de horas extraordinarias que se le pueden adjudicar al trabajador: horas extras al 100% del salario ordinario, que estas no excedan doce horas semanales teniendo un límite de cuatro horas diarias y cuatro días a la semana y que, si se exceden las doce horas, las “horas extra de las extra”, deberán pagarse al 200%; y III) que las personas menores de edad no podrán laborar tiempos extras.
Con esto en mente, las jornadas laborales seguirían siendo de seis días laborales, pero con una jornada menor y con posibilidad de horas extras. Por ejemplo, suponiendo que se aprueba tal y como está, un trabajador podría laborar seis días con 6 o 7 horas diarias de trabajo. Esto porque la ley lo permitiría debido a que no hay una modificación en el número de días de descanso.
Independientemente de ello, todo lo que se plasme en papel se va a la deriva si no existe un gobierno o una institución laboral que haga cumplir la ley. ¿A qué me refiero? Me refiero a que hoy en día, la ley establece que la jornada laboral tiene un máximo de 48 horas a la semana, ¿Se cumple? Obviamente no.
Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), al tercer trimestre de 2025 (última información de primera mano), de los casi 41 millones de trabajadores asalariados —es decir, que tienen un jefe superior del que perciben un salario—, el 24.1% labora más de 48 horas a la semana, significando alrededor de 9.9 millones de personas. Por su parte, para el estado de Tamaulipas, los asalariados lo conforman alrededor de 1.2 millones de trabajadores, mientras que alrededor del 20.5% son los que laboran más de 48 horas semanales (casi 250 mil personas).
Siendo así, esta reforma que se ha glorificado desde ciertas opiniones, ha sido una victoria a medias para la clase trabajadora. Si bien, se reducirá la jornada a 40 horas —si es que lo aprueban—, esta será paulatinamente hasta el 2030 pero seguiremos con la misma fórmula de seis días de trabajo y un día de descanso. Solo que ahora con jornadas más cortas… o con la posibilidad de estirarlas con horas extras que, rara vez se pagan como lo estipula la ley.
Al final, una reforma de verdad no queda planteada solo en papel o en las letras de la Constitución, si no en la voluntad política de aplicar las sanciones correspondientes a quien omite la ley. Mientras ello pase desapercibido, seguiremos chambeando más y descansando menos. Cuídese mucho.