Prevén sobrerregulación de la cannabis medicinal
El gobernador turnó al Congreso una iniciativa sobre el uso de la marihuana cuando ya existe una reglamentación nacional
Laura Bueno Medina / El Sol de Tijuana
Tijuana.- El 12 de enero de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el reglamento de la Ley General de Salud sobre cannabis medicinal, es decir, lo que significa que ya se cuenta con una norma general en esa materia.
En Baja California, el pasado mes de junio, el gobernador Jaime Bonilla Valdez turnó al Congreso del estado la iniciativa para permitir el uso medicinal de cannabis en Baja California.
Para conocer un poco sobre el contexto actual de la marihuana, su uso permitido, le hicimos algunas preguntas al abogado Emmanuel Farías.
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¿Quiénes y en qué casos se puede adquirir o usar la marihuana y/o sus derivados?
¿Qué productos derivados –de la marihuana- son permitidos?
La pregunta más frecuente es, ¿quiénes pueden comercializar la marihuana y sus derivados?
Algo que ha destacado entre la regulación del uso de la marihuana es la publicidad de los productos de esta droga. ¿Está permitida la publicidad de productos derivados de la marihuana? ¿Por qué?
¿Quién regula lo anterior, respecto a la venta y publicidad?
La Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios, dependiente de la Secretaría de Salud, de conformidad con sus leyes y reglamentos.
Es notorio que faltan aspectos por cubrir respecto a la legislación de la marihuana.
¿Qué hace falta en la legislación?
Por último, cabe señalar que la legislación respecto al uso de la marihuana en México está exclusivamente relacionada con el tema medicinal y su uso lúdico presenta muchas inconsistencias. ¿En el contexto nacional en qué va el proceso de despenalización?





























