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Localviernes, 4 de enero de 2019

Avala Ejecutivo voto de ediles en Cabildo

Pero también autorizó la suspensión de los mismos en caso de incumplir con la entrega de sus cuentas públicas

JESÚS ZEMPOALTECA

El documento oficial señala que “se reforma la fracción III del artículo 29, y se adiciona los

párrafos segundo y tercero, recorriéndose en su orden el actual párrafo segundo, al artículo 40 y el párrafo segundo a la fracción VII del artículo 120; todos de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala”, tal como lo estableció la LXIII Legislatura local.

La restitución del voto fue adelantada gracias a la presión de los presidentes de comunidad en el Congreso local, toda vez que la anterior legislatura puntualizó que debía ser hasta el uno de septiembre de 2021.

El otorgamiento del derecho a votar en las sesiones de cabildo, a favor de los presidentes de Comunidad, no es susceptible de violentar el principio constitucional de irretroactividad de la ley, ya que los gobernados no podrían válidamente considerarse agraviados

, precisa el resolutivo del 11 de diciembre, aprobado por mayoría de votos.

Sin embargo, los legisladores también colocaron “candados” y restricciones, las cuales también avaló el mandatario estatal, como la prevista en el artículo 29, párrafo tercero que establece,

Con todo ello, los presidentes de comunidad podrán asistir –por ley- al Cabildo con voz y voto, además de que podrán decidir la distribución de los recursos correspondientes a las localidades y ciudadanos que representan.

NO HABRÁ REVANCHISMO CONTRA ALCALDES: NAVA

Celebró la determinación y adelantó que habrá de conformar su agrupación de presidentes de comunidad, para que a través de esa figura jurídica puedan realizar gestiones, como lo hicieron en su momento los propios alcaldes y síndicos de la entidad.

RESTRICCIÓN

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