Elimina Congreso fuero constitucional
Aplicará en las próximas administraciones y legislaciones
Karla MUÑETÓN
Ayer, en sesión extraordinaria pública, el pleno avaló por mayoría de votos el proyecto de decreto en el que cambiaron los artículos, 36 párrafo único y las fracciones VI, VII, VIII y IX del artículo 109 y el párrafo primero del artículo 110.
Con el cambio en los artículos será procedente la acción jurídica contra los diputados, gobernador, magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado y del Tribunal de Justicia Administrativa local.
Amén de los comisionados del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales, así como para los consejeros del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones y el Secretario General del mismo.
También podrán ir en contra de los jueces del Poder Judicial del estado, de los presidentes municipales y los integrantes de los ayuntamientos.
Asimismo, serán juzgados los titulares de las secretarías o despachos de las presidencias municipales por actos u omisiones que redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen funcionamiento.
NO APLICA PARA LOS ACTUALES CONGRESISTAS
La iniciativa de reforma deberá ser aprobada por el 50 % más uno de los 60 ayuntamientos, para que se concrete el trámite legislativo.
PARA SABER
El fuero abarca dos figuras: la inmunidad parlamentaria o fuero inmunidad; y el fuero constitucional, también conocido como inmunidad procesal o fuero procedibilidad




























