Persiste el “vacío de poder” en Tepeyanco
Los trabajadores de dicho ayuntamiento están expectantes por saber si continuarán en sus cargos o serán despedidos
Jesús Zempoalteca / El Sol de Tlaxcala
La mañana de este lunes, los trabajadores se presentaron a laborar como de costumbre, pero con la expectativa de saber si seguirán en sus puestos, una vez que asuma el cargo el nuevo presidente municipal.
Te puede interesar:➡️Fallece Gaudencio Morales presidente municipal de Tepeyanco
Aunque el secretario del ayuntamiento, Eder Sánchez Rodríguez se negó a brindar entrevista a este Diario, con el argumento de que toda declaración en el municipio resulta buena o mala para la gente, estableció que tendrá que asumir el cargo Francisco Ixtlapale Pérez.
No dejes de leer:➡️Liliana Ixtlapale acusa irregularidad en Tepeyanco
No obstante, según la ley, el municipio debe mandarlo a traer.
ESPERARÉ LLAMADO DE AUTORIDADES: IXTLAPALE PÉREZ
Más información:➡️Padece grave contaminación Santiago Tlacochcalco, Tepeyanco
Entrevistado vía telefónica, Ixtlapale Pérez confirmó que esperará el llamado del Cabildo y de la Secretaría de Gobernación, para cumplir con los lineamientos establecidos por la ley.
Espero ponerme de acuerdo con el secretario del ayuntamiento para que posteriormente convoque a una sesión de Cabildo. Quiero ser disciplinado, lo que me indique Gobernación y posteriormente me reuniré con ellos (miembros del Cabildo) para avanzar, subrayó.
Lee también:➡️Detienen a excandidato a alcaldía de Tepeyanco
Fuentes consultadas en Gobernación, señalaron que darán tres días para la toma de protesta, como una señal de respeto a la familia Morales, frente al dolor que representa la pérdida.
De acuerdo con la Ley Municipal, el artículo 25 señala que las faltas absolutas del alcalde, síndico, regidores y presidentes de comunidad serán cubiertas por los respectivos suplentes.
Te puede interesar:➡️Brinda UPET acompañamiento a reportero agredido por alcalde de Tepeyanco
Se considerará como falta absoluta de alguno de los integrantes del Ayuntamiento solo por muerte, interdicción, o declaración de ausencia decretada por autoridad judicial de estos; o porque su ausencia se prolongue por más de un año a partir de su separación, establece el marco normativo.
El artículo 25 de la Ley Municipal señala que las faltas absolutas del alcalde, serán cubiertas por los respectivos suplentes.
LEE MÁS:⬇️




























![GetImgeContent[8]](https://oem.com.mx/elsoldetlaxcala/img/23517215/1648779402/BASE_LANDSCAPE/1200/image.webp)


