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Tendenciasjueves, 12 de febrero de 2026

¿Quién cobra la pensión por viudez si hay esposa y concubina?

La normativa vigente señala que no es posible que dos personas cobren simultáneamente la pensión por viudez

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Marcia Ramos / Diario del Sur

En casos donde el trabajador fallecido aún mantenía un vínculo matrimonial vigente, aunque ya no conviviera con su esposa, la ley determina que la cónyuge legal conserva el derecho preferente sobre la pensión, independientemente del tiempo que haya existido una relación de concubinato posterior.

Concubinas y pensión: ¿qué dice la ley?

No obstante, la concubina solo puede acceder a la pensión si demuestra que ambos estaban libres de matrimonio durante la relación o si existen hijos en común. Si existe una esposa legal con acta de matrimonio vigente, la concubina queda automáticamente excluida del beneficio.

Asimismo, la normativa del IMSS y del ISSSTE establece que si el trabajador fallecido mantenía relación con varias concubinas, ninguna tendrá derecho a la pensión.

¿Qué ocurre si no hay pareja con derecho?

Cuando no existe esposa ni concubina elegible, el apoyo económico no desaparece. La ley contempla otras figuras como la pensión de orfandad, destinada a hijos menores de 16 años, o hasta los 25 si continúan sus estudios dentro del sistema educativo nacional.

En casos de hijos con discapacidad, la pensión puede ser vitalicia. Si no existen pareja ni hijos con derecho, los padres del trabajador fallecido podrán solicitar la prestación, siempre que acrediten dependencia económica total.

De esta manera, tanto el IMSS como el ISSSTE mantienen un esquema de protección que busca garantizar el sustento de los familiares directos, pero bajo reglas estrictas que definen claramente quién puede acceder a la pensión por viudez en México.

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