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Localsábado, 15 de febrero de 2025

Fechas y actividades del proceso electoral para renovación del Poder Judicial de Veracruz

El 1 de junio, la ciudadanía, a través del voto popular, libre y privado, elegirá 21 cargos de magistraturas y 77 de jueces

Itzel Molina

En sesión extraordinaria, se determinó que este proceso electoral se desarrollará a la par con las actividades que se realicen para los comicios de los 212 ayuntamientos.

El 1 de junio, la ciudadanía, a través del voto popular, libre y privado, elegirá 21 cargos de magistraturas y 77 de jueces.

Calendario para elección del Poder Judicial de Veracruz 2025

Ante ello, se determinó que el 9 de marzo se emitirá la convocatoria para la selección de Supervisores Electorales locales y Capacitadores Asistentes Electorales locales.

A más tardar el 15 de marzo se aprobaran los modelos de documentación y material electoral.

Del 15 de marzo al 15 de abril se desarrollará la instalación de los órganos desconcentrados que participarán en el proceso electoral.

El 30 de abril será la designación de los Supervisores Electorales locales y Capacitadores Asistentes Electorales locales.

Del 29 de abril al 28 de mayo se realizará el proceso de campañas políticas de las personas que sean aspirantes a algún cargo del Poder Judicial de Veracruz.

El 1 de junio se realizará la jornada electoral.

Del 5 al 30 de junio se desarrollarán los conteos de la votación recibida en día de la jornada electoral.

Entre el 5 de junio y el 31 de julio se desarrollarán los cómputos estatales, la designación de cargos, la declaración de validez, y la entrega de constancias.

Lo que se va a elegir

En las elecciones de renovación del Poder Judicial de Veracruz se priorizará la paridad de género.

6 magistraturas para la materia Penal, de las cuales 3 serán para mujeres y 3 serán para hombres.

4 magistraturas para la materia Familiar, de las cuales 2 serán para mujeres y 2 serán para hombres.

3 magistraturas para la materia Civil, de las cuales 2 serán para mujeres y 1 será para un hombre.

2 magistraturas para la materia Constitucional, de las cuales 1 será para mujer y 1 será para hombre.

Para la conformación del Tribunal de Disciplina Judicial, se someterán a elección 5 magistraturas, de las cuales, como criterio de paridad, se asegurará que, de la totalidad de los cargos, 3 correspondan a mujeres y 2 a hombres.

Para la integración del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, se someterá a elección 1 magistratura, que indistintamente podrá ser hombre o mujer.

Para la integración de los Juzgados de Primera Instancia, se someterán a elección 77 cargos de Jueza o Juez, de las cuales, se asegurará que, de la totalidad de los cargos, 39 correspondan a mujeres y 38 a hombres, conforme a la siguiente asignación:

43 Juzgados para la materia Penal, de los cuales 22 serán para mujeres y 21 serán para hombres.

10 Juzgados para la materia Civil, de los cuales 5 serán para mujeres y 5 para hombres.

12 Juzgados para la materia Familiar, de los cuales 6 serán para mujeres y 6 para hombres.

5 Juzgados para la materia Laboral, de los cuales 3 serán para mujeres y 2 para hombres.

7 Juzgados Mixtos para las materias Penal, Civil y Familiar, de los cuales 3 serán para mujeres y 4 para hombres.

¿Qué hará el OPLE?

Las y los representantes de los partidos políticos ante el Consejo General y ante los órganos desconcentrados no podrán participar en las acciones, actividades y sesiones relacionadas a este proceso.

Las boletas electorales contendrán, entre otros datos, el cargo y, de ser el caso, la materia.

Las boletas llevarán impresos los nombres completos de las personas candidatas iniciando por el apellido paterno e indicando la especialización por materia cuando corresponda.

De la misma forma, la boleta se distinguirá la autoridad postulante, el diseño de las boletas será competencia exclusiva del OPLE.

El listado de personas candidatas distinguirá la autoridad postulante y las candidaturas de las personas juzgadoras que estén en funciones en los cargos a renovar y deseen participar en la elección.

La etapa de preparación de este proceso iniciará con la primera sesión que el Consejo General del OPLE lleve a cabo dentro de los siete días posteriores a la entrada en vigor del presente Decreto.

La jornada electoral se celebrará el 1 de junio de 2025 y podrán participar como observadoras las personas o agrupaciones acreditadas por el Instituto Nacional Electoral, representantes políticos, con excepción de militantes de partidos.

El OPLE efectuará los cómputos de la elección, declarará la validez de la elección, publicará los resultados y entregará las constancias de mayoría a las candidaturas que obtengan el mayor número de votos.

El Tribunal Electoral de Veracruz resolverá las impugnaciones a más tardar el 28 de agosto de 2025.

Dentro de los tres días hábiles siguientes, a la toma de protesta correspondiente, el Tribunal Superior de Justicia, órgano de sesionarán para determinar las adscripciones de las personas electas.

Para el proceso electoral ordinario 2026-2027, la toma de protesta de las personas aspirantes electas ante el Congreso del Estado se llevará a cabo el 1 de septiembre de 2027 ante la LXVII Legislatura.

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