Suprema Corte resuelve que magistrados de Veracruz tienen que reducir sus prestaciones
Esto es a fin de que no ganen más que la presidenta de la República
Itzel Molina
¿Qué resolvió la SCJN sobre los magistrados de Veracruz?
Además, se sobreseyó la controversia respecto del oficio emitido por la Sefiplan.
Sin embargo, la Suprema Corte declaró la invalidez de los artículos tercero, cuarto y partes del noveno, al considerar que imponían limitaciones desproporcionadas a la autonomía presupuestaria del Poder Judicial.
Según los ministros, estas disposiciones restringían indebidamente la creación de plazas, la gestión de recursos materiales y la contratación de servicios por parte del Poder Judicial.
Además, se puso en discusión el artículo tercero el cual prohibía el establecimiento de haberes de retiro, jubilaciones y pensiones para jueces y magistrados, salvo para funciones de alto riesgo.
Por lo anterior, se determinó que la norma contraviene lo dispuesto por el artículo 127 Constitucional, mismo que permite que estas prestaciones se encuentren reguladas por instrumentos legales.
“Lo anterior trastocaría el sistema de competencias asignados en la Ley General de Responsabilidades Administrativas y en la propia Constitución Federal”.
Con el análisis de todo lo anterior, se propuso declarar la invalidez únicamente de la porción normativa “grave” del artículo 13, dejando intacta la remisión a la Ley de Responsabilidades para Sancionar las Violaciones a la Ley de Austeridad.
La resolución establece que los efectos de la invalidez de los artículos impugnados surtirán a partir de la notificación al Congreso de Veracruz.
Finalmente, se determinó que la sentencia en el Diario Oficial de la Federación, la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz y el Semanario Judicial de la Federación.


























