Veracruz regula el paso de vehículos de carga pesada y sustancias peligrosas en ciudades con multas, horarios y rutas
Tránsito Estatal vigila su paso por ciudades; la medida se toma desde antes de 2018 y hay horarios y rutas establecidas
Tránsito Estatal vigila su paso por ciudades; la medida se toma desde antes de 2018 y hay horarios y rutas establecidas

Laura Cruz y Miguel Salazar
El paso de vehículos de carga pesada o con sustancias peligrosas en el estado de Veracruz se encuentra regulado por medio de horarios y rutas en las ciudades, a través del reglamento de Tránsito y Seguridad Vial, de la Secretaría de Seguridad Pública.
Según el Artículo 82 de este reglamento, “el transporte de sustancias o materiales peligrosos en la vía pública se realizará en los términos de la legislación aplicable. Cuando estos sean trasladados por zonas urbanas, la Secretaría establecerá las condiciones y horarios para su transporte”.
Sin embargo, en caso de que la carga tenga como destino algún punto dentro de la ciudad, el acceso puede ser permitido, siempre y cuando se compruebe de forma oficial y bajo la supervisión de alguna autoridad de vialidad.
Autoridades de Tránsito y Seguridad Vial sostienen que aquellos transportistas que no respeten el reglamento y circulen fuera del área o de los horarios permitidos pueden ser sancionados con una multa de aproximadamente dos mil 500 pesos, además del decomiso de su vehículo y el pago de grúa.
Durante un acercamiento que se tuvo con elementos de Tránsito Estatal, los oficiales señalaron que el operativo para regular el paso de tráileres y vehículos de carga pesada o con sustancias peligrosas es permanente en todas las ciudades del estado.

Tan solo Xalapa, precisan que la vigilancia no solamente la desarrollan oficiales de Tránsito y Seguridad Vial, sino también autoridades de Transporte del Estado.
También dicen que a pesar de que el Gobierno del Estado dio la indicación de limitar las infracciones y el uso de grúas para el caso de accidentes o el decomiso de vehículos involucrados en incidentes de carácter legal, los transportistas de carga pesada o peligrosa que no respeten las restricciones sí pueden ser sancionados.
En Xalapa, el paso de vehículos de carga pesada o con sustancias peligrosas cuenta con restricciones. En la capital del estado, los horarios para carga y descarga para los camiones tipo torton es de 10:00 a 12:00 horas y de 16:00 a 18:00 horas. Mientras tanto, el paso tráileres y unidades con sustancias peligrosas solo se permite de 11:00 de la noche a las 6:00 de la mañana del siguiente día.
La restricción, impuesta en desde antes de 2018, se implementa para evitar accidentes automovilísticos que pongan en riesgo a la población, esto luego de una serie de accidentes.

En esta ciudad, una alternativa vial para los transportistas consiste en utilizar el libramiento de Xalapa, aunque con tarifas que van de los 372 pesos para ese tipo de camiones.
En Minatitlán y Coatzacoalcos, municipios que suelen contar con el paso de vehículos de carga pesada o peligrosa por estar en zonas industriales, la vialidad se encuentra también a cargo de Tránsito y Seguridad Vial, según autoridades de esa dependencia.
Por lo anterior, la circulación se encuentra regulada con horarios similares a los de Xalapa, además de que el Artículo 83 establece que “todo vehículo particular, del transporte público de pasajeros y de carga, que circule en la vía pública, deberá estar en buen estado mecánico”.
Según lo informado, en Coatzacoalcos, los vehículos de carga de 3.8 toneladas o más no pueden circular de 6:00 a 10:00 horas y de 18:00 a 20:00 horas. Mientras tanto, los dobles semirremolques pueden circular únicamente en un horario de las 22:00 horas a las 5:00 horas del día siguiente.
De manera oficial, la Dirección de Tránsito y Seguridad Vial sostiene que el transporte de materiales y residuos peligrosos debe llevarse a cabo únicamente en vehículos adaptados para el tipo de material o sustancias que vaya a transportar.
Además, se debe contar con la autorización de autoridad de vialidad, que son las encargadas de establecer las rutas, los horarios y de fijar las condiciones que sean necesarias para garantizar un buen traslado sin poner en riesgo a la población. Incluso, los vehículos que transportan sustancias peligrosas deben contar con rótulos que advierten de su contenido.

En el municipio de Veracruz, la circulación de vehículos de carga y el transporte de materiales peligrosos está sujeta a regulación, con el objetivo de proteger la infraestructura urbana, garantizar la seguridad vial y evitar afectaciones al medio ambiente y a la población.
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito Municipal de Veracruz, publicado en Gaceta Oficial, el Artículo 150 faculta al Ayuntamiento para restringir o prohibir el tránsito de vehículos con determinadas características en sectores específicos, cuando se comprometa la seguridad, se provoquen congestionamientos o se ponga en riesgo el equilibrio ecológico. Esta medida también aplica a las maniobras en vía pública, según el tipo de carga, peso y dimensiones del vehículo.
En el puerto de Veracruz, los vehículos de carga con un peso superior a 3.5 toneladas solo pueden circular en los siguientes horarios: de 9:00 a 12:00 horas, de 15:00 a 18:00 horas y de 23:00 a 6:00 horas del día siguiente.

Fuera de estos horarios, su circulación está prohibida. Además, se establece que el único puente autorizado para su cruce es el Puente Cuauhtémoc, debido a sus condiciones estructurales y capacidad de carga.
El Artículo 151 obliga a los vehículos de carga a transitar por el carril derecho, salvo en vías con carriles exclusivos para transporte público o donde el carril tenga otro uso. También se prohíbe transportar personas en zonas destinadas a carga.
Según el Artículo 152, las maniobras de carga y descarga deben realizarse exclusivamente en los horarios establecidos por la Dirección de Tránsito y Vialidad. Además, solo se autorizan en predios que cuenten con rampas y espacio suficiente para evitar obstrucciones al flujo peatonal y vehicular. En caso contrario, podrán utilizar calles aledañas si cumplen con las condiciones necesarias.
El Artículo 154 establece que los vehículos que excedan el peso o dimensiones permitidas deben solicitar autorización especial a la Dirección de Tránsito y Vialidad. Esta autorización definirá la ruta, horario y medidas de protección necesarias. Los agentes pueden impedir su circulación si no cumplen con estas condiciones.

El Artículo 156 regula el transporte de materiales y residuos peligrosos, que debe realizarse en vehículos adaptados y autorizados por la Dirección de Tránsito. Estos vehículos deben portar banderas rojas y rótulos visibles con leyendas como “Peligro flamable”, según el tipo de carga.
Este tipo de vehículos, que transportan materiales altamente peligrosos, deben cumplir con estrictas condiciones de operación, desde las rutas autorizadas, horarios específicos, señalización adecuada y mantenimiento constante.
El respeto al reglamento de tránsito no es solo una obligación legal, sino una medida esencial para proteger la vida, la seguridad y el entorno urbano. La tragedia ocurrida recientemente en el Puente de La Concordia, en Iztapalapa, donde una pipa de gas LP explotó tras una volcadura, es un recordatorio de lo que puede suceder cuando se incumplen las normas.