Suprema Corte ordena al Congreso de Veracruz definir transferencia de agua y alcantarillado en Tempoal
Determinó que el Poder Legislativo incurrió en una omisión al no pronunciarse sobre la petición municipal para asumir el control del agua potable y alcantarillado
Maribel Sánchez
Asimismo, precisa que, en caso de que el gobierno estatal considere pertinente conservar el servicio, la decisión debe someterse de manera obligatoria a la legislatura local para su análisis y resolución.
La solicitud del municipio de Tempoal
Ante la falta de respuesta por parte de las autoridades estatales y la ausencia de una resolución definitiva, el ayuntamiento promovió la controversia constitucional en contra de los poderes Ejecutivo y Legislativo de la entidad.
La SCJN concluyó que la falta de pronunciamiento del Congreso vulneró el procedimiento constitucional previsto para atender este tipo de solicitudes municipales.
Por ello, ordenó al Poder Legislativo de Veracruz que, en el siguiente periodo de sesiones, emita una determinación debidamente fundada y motivada sobre la transferencia del servicio.
La resolución deberá ser “fundada, motivada, razonada, objetiva y congruente” y atender los parámetros constitucionales establecidos en el artículo 115, indicó.

























