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Localjueves, 5 de marzo de 2026

Veracruz aprueba castigar hasta con 8 años de prisión y nuevas agravantes los delitos sexuales

El Congreso de Veracruz aprobó una reforma al Código Penal estatal que redefine el consentimiento en delitos sexuales, establece que el silencio o la falta de resistencia no pueden interpretarse como aceptación y endurece sanciones

Itzel Molina

El silencio ya no podrá interpretarse como consentimiento en delitos sexuales

Veracruz amplía agravantes y castigos por violencia sexual

Ante ello, se aprobó la modificación al artículo 186 del Código Penal, donde se redefine el consentimiento para la acreditación del delito de abuso sexual.

La reforma incorpora además como conducta sancionable obligar a la víctima a exhibir su cuerpo.

Penas de prisión, multas y talleres reeducativos para agresores

El Congreso local reformó varios artículos al Código Penal para ajustar sanciones relacionadas con violación, violación agravada, acoso sexual y conductas sexuales cometidas contra niñas, niños y adolescentes.

En el artículo 190 Quater, relativo al delito de pederastia, se establece una pena de ocho a 30 años de prisión para quien agreda sexualmente a una niña, niño o adolescente.

El artículo 190 Undecies fija penas de ocho a 12 años de prisión para quien realice actos de naturaleza sexual sobre personas menores de edad o incapaces, las obligue a observar dichos actos o las induzca a ejecutarlos o a exhibir su cuerpo.

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