CIDH declara al Estado responsable por abuso y tortura de Ernestina Ascencio en Veracruz
En la Sentencia del Caso Ascencio Rosario se estableció que el Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna y adecuada
Ariadna García
CIDH declaró responsable al Estado por violación y lesiones contra Ernestina Ascencio
Asimismo, en la Sentencia del Caso Ascencio Rosario y otros Vs. México, estableció que el Estado incumplió su deber de brindar atención médica oportuna y adecuada.
Por ello, el Tribunal determinó que el Estado violó el derecho de la señora Ascencio Rosario a recibir una atención en salud accesible, disponible y de calidad.
Asimismo, resaltó que el hospital no contaba con intérpretes del náhuatl que facilitaran la comunicación de la señora Ernestina y sus familiares con el personal médico.
Medidas de reparación
La Corte ordenó al Estado implementar distintas medidas de reparación, incluida una investigación penal exhaustiva y seria sobre la violación sexual, tortura y muerte de la señora Ernestina para identificar, procesar y sancionar a los responsables.
¿Qué pasará en Veracruz?
El estado deberá garantizar que el Hospital Regional de Río Blanco y la Fiscalía General de Veracruz cuenten con un servicio de intérpretes y traductores que faciliten la adecuada atención y acompañamiento a las personas indígenas monolingües.
¿Qué pasó antes?
Asimismo, se determinó que la decisión de no ejercer acción penal se tomó sin una investigación seria, imparcial y diligente, lo que reforzó la impunidad y violó los derechos de igualdad y no discriminación.
El caso de Ernestina Ascencio evidencia la violencia ejercida por el Estado, la discriminación contra mujeres indígenas y un patrón de impunidad en contextos de militarización y racismo.
Ernestina Ascencio Rosario era una mujer indígena nahua, monolingüe, madre y abuela, reconocida como un pilar de su comunidad en Tetlalzinga, municipio de Soledad Atzompa, en la Sierra de Zongolica.





























