Chiapas castigará con hasta 15 años de prisión por matrimonios forzados en menores de edad
En Chiapas una de las entidades con mayor volumen de madres niñas, es una de las entidades con mayor número de nacimientos de madres niñas de 10 a 14 años, registrándose 826 en el 2021
"Esta realidad compleja no deja de ser un tema visible que incluye en la desigualdad, la violencia, el embarazo adoleacente o menores de edad y esta tipo de conductas son nocivas para las niñas y adolescentes".
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Los mercados públicos municipales de Tuxtla Gutiérrez mantienen sus operaciones durante Semana Santa con menor afluencia, precios estables y una demanda moderada en pescados y mariscos, mientras algunos locales permanecen cerrados
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Las nuevas disposiciones buscan proteger los derechos de niñas y adolescentes en Chiapas / Jhonatan González / El Heraldo de Chiapas
En Chiapas se aplicarán de ocho a quince años de prisión por cohabitación forzada, con ello se establece una sanción en contra de la unión entre menores de edad por acuerdo entre padres en los pueblos originarios de la entidad.
En sesión extraordinaria presidida por la diputada de Morena, Alejandra Gómez Mendoza, reformó por una unidad este viernes 30 de enero el Código Penal para el Estado de Chiapas para imponer al delito de cohabitacion forzada una pena de ocho a quince años de prisión y de mil a dos mil quinientos días de multa.
Explica el texto del dictamen aprobado por mayoría con 37 votos a favor, uno en contra y dos ausencias, que la pena aumentará hasta en una mitad, en su minimo y en su máximo, si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana. El delito se perseguirá de oficio.
Adicionó al título quinto el capítulo II Ter, denominado cohabitación forzada de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo; así como el artículo 226 Quinquies, al Código Penal para el Estado de Chiapas.
La reforma penal se armoniza con el principio del interés superior de la niñez / Jhonatan González / El Heraldo de Chiapas
El artículo 226 Quinquies señala que comete el delito de cohabitacion forzada de personas menores de 18 años de edad o de personas que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de personas que no tienen capacidad para resistirlo, quien obligue, coaccione, induzca, solicita, gestione u oferte a una o varias de estas personas a unirse informal o consuetudinariamente, con o sin consentimiento, con alguien de su misma cantidad condición o con persona mayor de 18 años de edad, con el fin de convivir constante y equiparable a la de un matrimonio.
La aprobación de esta reforma se esta armonizando con lo establecido en el artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que en su párrafo once dice que todas las desiciones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio se interés superior de la niñez, así como el artículo 1 de la Constitución sobre el consentimiento del matrimonio y el registro de los matrimonios.
Precisa el dictamen aprobado por el pleno de la LXIX Legislatura local que la cohabitación formal equiparable equiparable a matrimonio o Unión conyugal o marita, la violencia física y psicológica, el abuso sexual y los feminicidios son condiciones que enfrentan las mujeres por el solo hecho de ser mujer y la desigualdad en la que viven, y que provoca el atropello del género; en este contexto hablamos de las mujeres menores de 18 años.
Diputadas y diputados avalaron penas de hasta 15 años de prisión por este delito / Jhonatan González / El Heraldo de Chiapas
"En Chiapas una de las entidades con mayor volumen de madres niñas, es una de las entidades con mayor número de nacimientos de madres niñas de 10 a 14 años, registrándose 826 en el 2021. El estado ocupa el segundo lugar en grado de marginación; 13.7 por ciento de la población es analfabeta, el más alto, solo 48 por ciento cuenta con educación básica, 56 por ciento de la población de 10 a 14 años reside en zonas rurales, 31 por ciento de adolescentes habla alguna le gua materna y el 1 por ciento se considera afrodescendiente".
"La desigualdad de los niveles de fecundidad en el estado es enorme, mientras que en el municipio de Mitontic la tasa de fecundidad en adolescentes de 15 a 19 años es de 332 nacimientos por cada mil adolescentes, en San Andrés Duraznal es de 215 por cada mil, en La Libertad y Sunuapa la tasa es de 15 y 15 nacimientos por cada mil adolescentes. La razón de la fecundidad forzada en niñas de 10 a 14 años descendió de 3 nacimientos por cada mil niñas en 2915 a 2.8 nacimientos en el 2022".
La diputada local del Partido Acción Nacional, Jovannie Maricela Ibarra Gallardo, votó en contra de la reforma porque en el dictamen de la Comisión de Justicia no se incorporó el sentido particular de su voto, si a favor del castigo al delito, en contra de los vacíos legales.
Mientras que la diputada del Partido Verde Ecologista de México, Rosalinda López Hernández, dijo que está consciente de los problemas que enfrentan las niñas en Chiapas y se hace necesario la sanción ejemplar para proteger sus derechos, la reforma reconoce la problemática y el castigo a los culpables, estas prácticas encubren delitos graves cuando una menor es entregada para la cohabitacion forzada es una grave violación a todos sus derechos.
En su momento, el diputado de Morena, Juan Salvador Camacho Velasco, explicó que no había que hacer consulta ciudadana para reformar el Código Penal para el Estado de Chiapas, con la finalidad de sancionar la cohabitacion forzada, se trata de proteger a las niñas, sus derechos y permitirle el ejercicio de sus derechos.