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Que se agreguen todas las observaciones que hace en el caso de Rincón de Tamayo. / Alfonso Berber
CELAYA, Gto.- Luego de que en sesión de Ayuntamiento del 8 de agosto pasado, Morena aprobó la reversión del dictamen APAS-003/2022, para que se regrese la administración del agua potable a los habitantes de la comunidad Rincón de Tamayo, el secretario del Ayuntamiento, Daniel Nieto Martínez, solicitó una revisión dedicho dictamen, a través de un oficio emitido el 19 de agosto a los integrantes del cabildo.
Por su parte, el presidente municipal Juan Miguel Ramírez Sánchez, resaltó que la entrega administrativa y operativa, puede esperar hasta que el pozo que se está perforando se termine y quede equipado, para que el comité que sea electo lo opere, porque de otra forma si se hace la entrega-recepción ahorita, no tendrían los recursos para terminarlo ni equiparlo.
Cabe recordar que devolver la administración del agua a un comité vecinal, fue una promesa de campaña que hizo Juan Miguel Ramirez Sánchez a los tamayenses y pasaron diez meses para que se avanzara en dar cumplimiento.
El 23 de diciembre de 2022, durante la décimo tercera Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento, se probó la extinción del Comité Rural de la comunidad de la comunidad de Rincón de Tamayo y se instruyó a la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya (JUMAPA) que coordinara las acciones de servicio de agua potable, drenaje,alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
“La revocación de un dictamen no es solo un ajuste administrativo, para la comunidad de Rincón de Tamayo significa corregir decisiones pasadas que pudieron afectar su derecho al agua, devolviendo la confianza de que las autoridades actúan con responsabilidad y siempre en beneficio de la gente”, señala el oficio que el Daniel Nieto hizo llegar a los miembros del Ayuntamiento.
Además, les comunicó que, en atención al análisis de este punto, “Refiero que en dicho resolutivo no es claramente determinante, con relación a las circunstancias que derivan de la ejecución del mismo, es decir en el Dictamen APAS-002/2025 no se especifican los términos en los que se va a dar la revocación del Dictamen, de conformidad con el artículo 104 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Celaya, Guanajuato, y cito textualmente: “Artículo 104.- Los acuerdos del Ayuntamiento podrán adicionarse, modificarse o revocarse por mayoría calificada de las personas integrantes.”
“Los dictámenes de las comisiones podrán ser adicionados, modificados o revocados si la mayoría absoluta de las personas integrantes del Ayuntamiento, así lo determinan, siempre y cuando se observe lo dispuesto en el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.”
Y que en los anexos que integran el multicitado dictamen, no se desprenden los términos en los que se dará la revocación, tampoco documentos e información relacionada con los temas contables, jurídicos, financieros, sociales, administrativos, técnicos-operativos, de infraestructura actuales que guarda la prestación del servicio por JUMAPA.
Secretario del Ayuntamiento de Celaya pide que se analice el dictamen de revocación de Rincón de Tamayo. / Alfonso Berber
Es la Secretaría del Ayuntamiento la que tiene que asumir, de manera temporal, la administración de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en la comunidad y deberá emitir, dentro de un plazo no mayor a veinte días hábiles, la convocatoria correspondiente para la celebración de la asamblea comunitaria en la que se llevará a cabo la elección e integración del Comité Rural de Agua.
El escrito del secretario señala que el Dictamen APAS-002/2025 mediante el cual se instruye a la Secretaría a su cargo asuma de manera temporal la administración de los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado y tratamiento de aguas residuales en esa localidad, no tiene una certeza administrativa en algún dictamen para efectos de corroborar que tenga la capacidad técnica-operativa, contable, financiera, social, administrativa y operativa, las cuales son indispensables e inherentes.
Además que, en dicho dictamen no se señalan los medios económicos con los que contará la Secretaría del Ayuntamiento para que, de manera temporal, ejerza la administración de los servicios. Ya que de acuerdo a un informe de Saúl Trejo Fuentes, Director General de la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Celaya, Guanajuato (JUMAPA), durante el mes de junio de este año se realizaron gastos administrativos, de saneamiento, operación, comunicación social, financieros, mantenimiento y de supervisión por un monto aproximado de 14 millones 208 mil 186.35 pesos y únicamente se contó con una recaudación mínima de 138 mil 137.69 pesos, lo que equivale al 9%, lo que demuestra que es un organismo que cuentacon las condiciones para la prestación de los servicios. Y que la entrega de la administración no debe verse como un trámite burocrático más.
Por lo anterior, el Secretario Daniel Nieto, pide que nuevamente se estudie, analice y se adicionen las observaciones que hace, así como determinaciones que puedan llevar a cabo el debido cumplimiento del Dictamen APAS-002/2025, para que en su caso se haga modificación del mismo que deberá cumplir, entre:
Precise y determine los tiempos en los que se ejecutará la revocación relativa al resolutivo primero.
Considere y determine la suficiencia presupuestal para que la Secretaría de Ayuntamiento realice la administración temporal de los servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.
Se informe a esta Secretaría del Ayuntamiento en relación a la infraestructura hidráulica, equipamiento, obras, materiales e inversiones que hayan sido otorgadas, construidas o transferidas por el organismo operador descentralizado JUMAPA en beneficio de la comunidad de Rincón de Tamayo ya que el conocimiento de la infraestructura hace posible garantizar el agua a las familias de la comunidad.
Se precise el acto jurídico mediante el cual será transferida la infraestructura hidráulica, equipamiento, obras, materiales e inversiones que hayan sido otorgadas, construidas.
Elaboración de un dictamen técnico de funcionamiento en materia hidrológica de los pozos de la comunidad de Rincón de Tamayo, lo anterior para poder realizar una entrega óptima de los servicios ya mencionados en beneficio de los pobladores de Rincón de Tamayo.