Scooters y bicis eléctricas ya tienen ley en Aguascalientes: ¿Sabías que no puedes circular por la banqueta? - El Sol del Centro | Noticias Locales, Policiacas, sobre México, Aguascalientes y el Mundo
Scooters y bicis eléctricas ya tienen ley en Aguascalientes: ¿Sabías que no puedes circular por la banqueta?
Con la finalidad de promover un entorno urbano seguro, accesible y ordenado, las autoridades estatales y municipales quedan facultadas para regular su circulación
Se limita el uso de estos vehículos a una sola persona evitando riesgos asociados a sobrecarga y pérdida de estabilidad / Adrián Carmona / El Sol del Centro
El Congreso del estado aprobó el dictamen acumulado que resuelve la iniciativa de reforma a diversas disposiciones de la Ley de Movilidad del Estado para la regulación de Scooter y bicicletas eléctricas.
Con el propósito de reconocer, regular y buscar garantizar el uso seguro, eficiente e inclusivo de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), como Scooter eléctricos, monociclos, segways, ciclomotores de baja potencia, entre otros, como una alternativa de transporte sustentable, se actualiza el marco jurídico en materia de movilidad en el Estado de Aguascalientes
Esto, con base en el derecho humano a la movilidad, promoviendo un entorno urbano seguro, accesible y ordenado, que favorezca la equidad, la sostenibilidad ambiental y la integración multimodal del sistema de transporte.
Entre las disposiciones clave de la Reforma, se establece que los scooter eléctricos y vehículos de baja potencia deben circular en el carril de extrema derecha y no en carriles de alta velocidad evitando riesgos de accidentes.
Se prohíbe su circulación en banquetas y zonas destinadas exclusivamente para peatones garantizando la seguridad de los transeúntes, se obliga a los conductores a utilizar casco de protección y aditamentos reflectantes en horarios.
Se limita el uso de estos vehículos a una sola persona evitando riesgos asociados a sobrecarga y pérdida de estabilidad, se establecen límites de velocidad, la obligación de respetar semáforos y señalización así como la prohibición de circular bajo los efectos del alcohol o sustancias enervantes.
Para la aplicación de sanciones se reforma el artículo 303 para establecer procedimientos claros sobre la identificación y sanción de infractores permitiendo a la autoridad asegurar el vehículo en caso de negativa o proporcionar datos de identidad.
Se especifican las obligaciones para quienes hagan uso de Scooter y bicicletas eléctricas/ / Adrián Carmona / El Sol del Centro
Asimismo, se faculta a las autoridades estatales y municipales para regular su circulación, así como establecer las obligaciones básicas para los usuarios de estos vehículos.
También se establecen normas para regular a los motociclistas para que porten el casco de seguridad de acuerdo con la norma NOM-206-SCFISSA2-2018 y se establezca que la omisión o incorrecta aplicación de este, así como llevar más pasajeros de los que indica la tarjeta de circulación se detenga la motocicleta y, que ningún menor de 18 años la conduzca.
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