Sí, hasta los muertos tienen derechos: ¿Cuáles son los delitos que los protegen en Aguascalientes
Entre necrofilia y vilipendio, estos y otros delitos se encuentran tipificados en el Código Penal del estado
Juan Pablo García
De acuerdo con el artículo 183, existen seis hipótesis que te podrían llevar a la cárcel en caso que seas encontrado o encontrada culpable:
La primera tiene que ver con la destrucción, desecho, mutilación, incineración, inhumación o exhumación e incluso ocultar un cuerpo, sin la autorización de las autoridades sanitarias correspondientes.
El delito de Dignidad de los Muertos también se refiere a ocultar o abandonar el cadáver o alguna parte de éste o incluso la omisión de dar aviso a las autoridades respectivas sobre la existencia del cuerpo sin vida.
También es catalogado como delito usar el cadáver para cualquier fin, sin la autorización de la autoridad correspondiente.
La cuarta hipótesis refiere que cometer actos de vilipendio o incluso profanar el lugar de descanso en el que se encuentre el difunto. Cabe señalar que el vilipendio significa
La quinta y sexta hipótesis tienen que ver con los actos de necrofilia, así como publicar por cualquier medio las fotografías o videos de uno o más cuerpos sin vida, restos humanos e incluso documentos o datos que permitan su identificación, sin la autorización de los ofendidos o de la autoridad competente.
Sanciones
El Código Penal de Aguascalientes da a conocer que este delito se paga con cárcel, de seis meses a tres años, así como de 15 a 50 días de multa y el pago total de la reparación del daño y perjuicios ocasionados.
Ahora bien, en caso que el delito lo cometa un servidor público o que por su trabajo o labores se encuentre bajo su resguardo o custodia el cadáver o restos humanos, la penalidad se incrementa en una tercera parte en sus mínimos y máximos.




























