El que el Tribunal Popular (“Volksgerichtshof”) operara desde un inicio inspirado en las “necesidades de la comunidad nacional” (“Volksgemeinschaft”) y no en los principios jurídicos ni legales, lo convirtió en un tribunal de sangre, eminentemente político para imponer la tiranía nacionalsocialista, y símbolo de la gran criminalidad y corrupción que corroían al Tercer Reich.
Sí, un macabro e inhumano supremo órgano judicial al que principios esenciales como equilibrio entre poderes, debido proceso e independencia judicial le serían totalmente contrarios a su propia esencia.
Insaciable de poder, entre el 30 de junio y el 2 de julio de 1934, Hitler escribirá una de las páginas más sangrientas de la historia germánica: “la Noche de los Cuchillos Largos”, cuya contraseña para el ataque fue el colibrí.
Su objetivo era terminar con los miembros de las SA (“Sturmabteilung”), organización paramilitar de tropas de asalto surgidas tras el Tratado de Versalles que comandaba Ernst Röhm y que permanecían ajenas al Partido Nazi, justificándose en que así conjuraría un golpe de Estado en proceso. El ataque tuvo lugar en Munich y corrió a cargo de las SS (“Schutzstaffel”) y de la Gestapo (“Geheime Staatspolizei”: policía secreta del Estado). Oficialmente se reconoce un centenar de ejecutados, pero diversas fuentes refieren la ejecución de un millar de personas, ya que Hitler aprovechó la ocasión para acabar con antiguos enemigos personales y con opositores políticos del régimen, a los que los órganos judiciales consideraban como los delincuentes “más villanos”.
El 3 de julio dicta la “Ley de Medidas de Autodefensa del Estado” para autojustificar la masacre, aduciendo que las medidas tomadas “para aplastar los ataques de alto perfil y traición” eran por “seguridad del Estado”. El 7 de agosto promulga la “Ley de Otorgamiento de Impunidad”, teniendo un doble objetivo: por un lado, dar amnistía a los delitos cometidos “en exceso de celo por la causa nacionalsocialista”; por el otro, establecer infracciones por acciones contra el partido, insultos contra el Führer, o proferir “ofensas escritas o verbales contra el bienestar y la reputación de la Nación”.
Sin embargo, el acoso judicial en contra de los opositores al régimen nazi continuará siendo cada vez más encarnizado, como lo confirman las persecuciones y asesinatos contra comunistas y socialdemócratas en Berlín y Hamburgo —a los que se acusaba de pretender reconstruir su partido—, y al que se sumarán los Tribunales Especiales, cuyas sentencias serán mucho más extremas, al grado de enviar a la cárcel a menores de edad pertenecientes a organizaciones juveniles antinazis. Nazificación judicial que se extenderá con renovado vigor hacia el mundo jurídico.
En 1935 la “Ley para Impedir Abusos en el Ejercicio del Derecho” establece que recurrir a abogados judíos es una práctica ilegal y contraria a la ética. Derivado de ello, el titular del ministerio de Ciencia del Reich reglamenta la contratación de profesores y declara que será una “ofensa contra la dignidad y el prestigio de las universidades que los estudiantes descendientes de alemanes” pudieran recibir clase de profesores y tutores judíos o de ascendencia judía. Al respecto, la Corte Suprema del Reich se pronuncia y declara que luego de haber sido rescindido el principio del libre ejercicio de una profesión, todo abogado será ahora considerado un “servidor público”, “servidor del derecho” y “agente de la ley”, al combinar las “virtudes” de todo funcionario público: “Lealtad, obediencia y confiabilidad” y encontrarse en una “posición más cercana al Estado y a la comunidad” en tanto representante del Estado como todo juez.
La razón de ello, plasmada en la ley, es que el derecho era un “compromiso ideológico apreciable”, tal y como sostendrá el inspector general de la Federación de Abogados del Reich, Erwin Noack: “¡El papel de guardián del derecho es del ciudadano alemán… ¡Los abogados alemanes pueden volver a sentirse orgullosos de tener el título de abogado!”.
Es así como a la cátedra llegarán nuevos profesores con gran “orientación nacionalista”, entre otros: Bente, Dahm, Forthoff, von Hippel, Huber, Kaser, Wolf y quien será ministro de Justicia, el profesor de derecho penal Heinrich Henkel, quien declarará no sólo “superada” la noción “liberal” de “partes procesales” por la de una “visión común” de objetivos, aún y cuando ello supusiera la confrontación entre abogados y clientes, sino también la de que en vez de “lo no prohibido está permitido”, ahora imperaría: “lo no permitido está prohibido”.
Sí, el mundo jurídico al revés y si algún abogado se resistía, para enjuiciar su conducta profesional fue establecido el “Tribunal de Honor”, dependiente de la Corte Suprema, que encontró un fundamento de su actuar en el nuevo juramento que los abogados debían hacer, contenido en el párrafo 19 del “Código del Abogado”: “Juro permanecerle leal a Adolf Hitler, el líder de la Nación y del pueblo alemanes y cumplir conscientemente los deberes de un abogado alemán”. (Continuará)
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