Obras creadas por IA no podrán registrarse como Derecho de Autor en México: SCJN
La decisión de la Corte llega tras un año de que un particular intentara registrar una obra hecha con inteligencia artificial
Kevin Aragón
El fallo sucede luego de que en 2024 un particular solicitó al INDAUTOR el registro de una obra digital llamada “Avatar virtual”, generada a través la plataforma de IA llamada “Leonardo”.
La inscripción fue denegada “al considerar que la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) exige que las obras sean de creación humana, con la característica de originalidad como expresión de la individualidad de su autor y de su personalidad”.
La Sala confirmó la negativa y posteriormente el interesado promovió un juicio de amparo, argumentando que la resolución violaba sus derechos a la igualdad, seguridad jurídica y no discriminación.
La Segunda Sala de la SCJN resolvió negar el amparo solicitado, al concluir que “el Derecho de Autor es un derecho humano exclusivo de las personas físicas, derivado de su creatividad, intelecto, sentimientos y experiencias”.
La SCJN también determinó que “la protección a entes artificiales no puede analizarse bajo la premisa del derecho humano a la igualdad jurídica, puesto que ambos tienen características incompatibles”.
Esta sentencia, que deja un primer precedente en materia de IA fue aprobada por unanimidad de votos de las ministras Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guadarrama y los ministros Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez Potisek.
Soy reportero especializado en temas culturales con 7 años de experiencia. Estudié Letras en la FFyL de la UNAM.






























