elsoldemexico
Méxicosábado, 3 de enero de 2026

Morena busca revivir la figura de juez sin rostro

La bancada mayoritaria impulsará la reforma de la presidenta Claudia Sheinbaum para que en casos de delincuencia organizada la persona juzgadora se mantenga en el anonimato

Síguenos en:whatsappgoogle

Atzayacatl Cabrera / El Sol de México

Un juez sin rostro es aquel que preside un juicio de manera anónima, sin que ninguna de las partes conozca su identidad bajo el argumento de resguardar su seguridad por la gravedad del caso.

Luego de que la figura de jueces sin rostro fue incluída en la reforma constitucional al Poder Judicial, la presidenta Claudia Sheinbaun envió al Congreso en junio pasado una reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales y la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. 

Con dicha iniciativa la presidenta Sheinbaum Pardo pretende incluir “mecanismos y criterios objetivos para aplicar las medidas de seguridad y resguardo de las personas juzgadoras”, entre ellos, la figura de jueces sin rostro. 

Te puede interesar: Morena impugnará ante la Corte Ley Esposa, de San Luis Potosí

“La justicia es pública, expedita, gratuita y por lo tanto, el darle a los jueces esa impunidad, esa falta de rostro, va en contra de toda la tradición del sistema jurídico mexicano”, agregó. 

El integrante del Colegio Nacional de Abogados puntualizó que, a su consideración, antes de llegar a una figura de jueces sin rostro deben atenderse otras circunstancias como la falta de judicialización de casos y la corrupción. 

A nivel internacional, la figura de jueces sin rostro se ha aplicado en países como Perú, bajo el gobierno de Alberto Fujimori; en Colombia, en Brasil, en Ecuador, así como en El Salvador, con la administración de Nayib Bukele. 

➡️ Únete al canal de El Sol de México en WhatsApp para no perderte la información más importante

Asimismo, se homologa el Código Penal con la Constitución para ajustar, como los dicta la Carta Magna, las causales en que un juez o jueza debe dictar prisión preventiva oficiosa, es decir, un encarcelamiento automático sin juicio previo. 

Inclusive se actualiza el concepto de “flagrancia” y también se faculta al Ministerio Público para que pueda ejecutar actos de investigación sin autorización judicial previa en supuestos excepcionales.

NOTAS RELACIONADAS

Más Noticias