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Localjueves, 3 de abril de 2025

Campañas en la elección judicial federal: ¿qué sí y qué no se puede hacer?

Las y los candidatos que incurran en violaciones a la normativa podrán tener sanciones desde una amonestación pública, una multa y la cancelación del registro de su candidatura

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Raymundo Rocha

El Instituto Nacional Electoral (INE) dio a conocer lo que pueden y no pueden hacer las 3,423 personas candidatas a los 881 cargos en disputa en la elección judicial federal.

El vocal ejecutivo Pablo Aispuro Cárdenas, el enlace de fiscalización Erika Gabriela Ramírez, la vocal de organización electoral Ana Lucía Barajas Garay y el vocal de capacitación electoral y educación cívica Juan Manuel Sánchez Hernández, detallaron la información.

En el caso de las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación son 96 candidaturas para 15 cargos en disputa, 464 lugares en los tribunales colegiados que se disputan 1,640 personas y para los juzgados de distrito hay 386 cargos en contienda y 1,570 candidatos.

¿Qué sí pueden hacer las y los candidatos en la elección judicial?

¿Qué no pueden hacer?

En cuanto a las conductas prohibidas, no pueden contratar o adquirir tiempo en radio y televisión; tampoco pueden contratar publicidad por sí o por interpósita persona en espacios en cualquier medio para proporcionar su candidatura, incluyendo medios de comunicación, espacios físicos e impresos o digitales

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Las y los candidatos que incurran en violaciones a la normativa podrán tener sanciones desde una amonestación pública, una multa de hasta 5 mil veces la unidad de medida actualización vigente al momento de cometer la falta, y la cancelación del registro de su candidatura cuando la gravedad de la falta lo amerite.

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