Diputada propone reformar obligación de pensión alimentaria
La reforma menciona que, cuando se acredite que la persona (madre o padre) estuvo presente en la vida del menor, puede exigir el derecho de recibir alimentos
Redacción / El Sol De San Luis
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Por lo tanto, resulta conveniente y necesario establecer en la legislación, que cuando se acredite que la persona fue un padre o madre ausente, se le niegue el derecho a futuro de exigirles a sus descendientes el derecho a recibir alimentos.





















