Fiscalía de SLP comenzará a operar bajo la Ley General de Extinción de Dominio
La extinción de dominio es el mecanismo mediante el cual el Estado puede reclamar bienes, propiedades o terrenos presuntamente vinculados con la comisión de delitos
La extinción de dominio es el mecanismo mediante el cual el Estado puede reclamar bienes, propiedades o terrenos presuntamente vinculados con la comisión de delitos

Alejandra Ruiz
Luego de que la Ley de Extinción de Dominio en México pasara de un esquema estatal a uno federal —ahora denominada Ley General de Extinción de Dominio— la fiscal general de San Luis Potosí, Manuela García Cázares, confirmó que la norma local quedó derogada desde septiembre y que a partir de este año toda la actuación en el estado se regirá exclusivamente bajo el ordenamiento general.
La extinción de dominio es el mecanismo mediante el cual el Estado puede reclamar bienes, propiedades o terrenos presuntamente vinculados con la comisión de delitos, aun si no existe una sentencia penal definitiva. Su transformación en una ley general implica que todas las entidades deben aplicar el mismo marco jurídico, cuyas atribuciones dependen directamente del Congreso de la Unión conforme al artículo 73 de la Constitución.
“La ley local se derogó porque la Ley General de Extinción de Dominio ya aplica para todos los estados de la República. Es una atribución federal, y por lo tanto impera la ley general”, explicó García Cázares.
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La fiscal señaló que la institución está apenas en el proceso de implementación del marco federal para definir los procedimientos que exige la norma. Aunque reconoció que existen muchos casos susceptibles de extinción de dominio, precisó que será hasta la aplicación plena del procedimiento cuando se pueda informar con cifras concretas.
Entre los cambios relevantes, apuntó que la legislación general cerró lagunas que antes permitían disponer anticipadamente de bienes sin concluir el trámite judicial. “Afortunadamente la ley general ya trae eso muy acotado; hoy no se puede disponer del bien sin que concluya el procedimiento”, señaló.
Respecto al cierre de carpetas de investigación en 2025, García Cázares afirmó que las cifras varían diariamente, pero que las fiscalías y delegaciones tienen instrucción de judicializar todos los casos donde exista un hecho constitutivo de delito y una probable responsabilidad.
Cuando no se acreditan estos elementos, explicó, las carpetas son dirigidas a inejercicio. La fiscal no proporcionó una tasa exacta de judicialización, pero aseguró que “hemos mejorado en este año”.