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Luisa María Alcalde declaró que Morena no hará excepciones -en postular o apoyar candidaturas de familiatres de gobernantes en turno- , incluso si esto implica romper acuerdos con partidos aliados
La parte conocida como Paseo de la Presa se encuentra protegida como Área Natural Protegida / Luis Ricardo Solache / El Sol de San Luis
Luego de que la Presa de San José quedó jurídicamente protegida de manera definitiva y tras el fallo del Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Noveno Circuito que confirmó la vigencia del decreto que declara a esta zona como Área Natural Protegida, Luis González Lozano, integrante de la organización Cambio de Ruta, explicó que esta resolución, ahora tiene efectos obligatorios para las autoridades. A partir de éste, queda legalmente impedida cualquier forma de fraccionamiento, urbanización o cambio de uso de suelo.
Debido a lo anterior, se cierran proyectos inmobiliarios que durante años generaron controversia y preocupación social. Con la confirmación del decreto, las autoridades estatales y municipales están obligadas a respetar y mantener vigente la declaratoria de Área Natural Protegida. Además, deberán abstenerse de autorizar desarrollos que sean incompatibles con este estatus ambiental, garantizar la elaboración y publicación de un Programa de Manejo, asignar presupuesto público suficiente y permanente para su conservación, así como medir y delimitar oficialmente el área mediante mojoneras y linderos visibles.
También deberán aplicar acciones reales de restauración ambiental, vigilar y sancionar cualquier daño al ecosistema, asegurar el acceso a la información y promover la participación ciudadana, además de coordinarse entre los distintos niveles de gobierno para cumplir de manera efectiva con la protección del sitio.
Uno de los aspectos centrales de la resolución es la obligación de contar con un Programa de Manejo para el Área Natural Protegida Presa de San José, concebida como un parque urbano. Este instrumento no es un trámite administrativo, sino la base para garantizar que el espacio se conserve y funcione adecuadamente. Dicho programa deberá definir con claridad el objetivo del área, que incluye la conservación ecológica, la regulación ambiental, la recreación pública, la protección del paisaje urbano y el bienestar social.
El manejo del área deberá contemplar una delimitación interna que distinga zonas de conservación estricta, áreas de uso público y recreativo, espacios de restauración ambiental y zonas de amortiguamiento. También será necesario establecer de manera precisa qué actividades son compatibles con la protección del sitio, como caminatas, ciclismo no motorizado, educación ambiental, investigación científica y actividades culturales de bajo impacto, así como prohibir de forma expresa la urbanización, la tala, los rellenos, las descargas contaminantes, los eventos masivos sin control y las actividades comerciales invasivas.
El programa deberá definir qué autoridad será responsable de la administración y cuidado del área, con atribuciones claras y mecanismos de rendición de cuentas, además de establecer esquemas de coordinación entre dependencias estatales, municipales y ambientales. Otro elemento clave será el financiamiento, con la asignación de un presupuesto anual fijo y prioridades claras para la conservación, el mantenimiento y la restauración del ecosistema.
La conservación ambiental deberá traducirse en acciones concretas como la protección de la flora y fauna, la reforestación con especies nativas, el control de especies invasoras y el cuidado del suelo y del cuerpo de agua. A ello se sumará un sistema de vigilancia e inspección que permita denunciar y sancionar daños ambientales, acompañado de señalización visible que informe a la ciudadanía sobre el carácter protegido del espacio.
El fallo judicial también refuerza el carácter social del Paseo de la Presa, al establecer que el uso público, la recreación y la accesibilidad deben darse bajo reglas claras, con infraestructura mínima y sustentable, garantizando un acceso incluyente y seguro. Asimismo, se reconoce la importancia de la educación ambiental, la cultura ecológica y la participación ciudadana mediante programas educativos, actividades de sensibilización y comités de seguimiento social.
Finalmente, el Programa de Manejo deberá de incluir mecanismos de monitoreo y evaluación ambiental, la protección del paisaje y del valor histórico-cultural del sitio, así como planes de contingencia para atender riesgos como incendios, inundaciones, contaminación o vandalismo.