Proponen reforma para expulsar agresores del domicilio que comparten con sus víctimas
La violencia de género son actos perjudiciales hacia individuos o grupos por su género, originados en la desigualdad y el abuso de poder; principalmente afecta a mujeres, niñas y adolescentes
Raymundo Rocha
Con ese objetivo, la diputada Roxanna Hernández Ramírez presentó una iniciativa de reforma al artículo 37 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí, que fue turnada a las comisiones correspondientes para su estudio y posterior dictamen que será llevado al Pleno.
La Primera Sala de la SCJN en amparo directo en revisión 6141/2014, determinó las medidas de protección y garantía del derecho a una vida libre de violencia, implicando acciones del estado para asegurar la protección de las víctimas. Esto incluye: Investigación adecuada de hechos violentos y reparación de daños.
Se armoniza la ley de Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de San Luis Potosí con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con la finalidad de evitar vacíos legales alineándose con las disposiciones establecidas a nivel federal.
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La reforma establece “…Solicitar a la autoridad jurisdiccional competente, para garantizar las obligaciones alimentarias, la elaboración de un inventario de los bienes de la persona agresora y su embargo precautorio, el cual deberá inscribirse con carácter temporal en el Registro Público de la Propiedad”;






















