Ruido excesivo: ¿cuáles son los niveles permitidos y de cuánto son las multas en SLP?
El nivel permitido de de ruido en la capital está determinado por normativas de la Semarnat, dependiendo la hora del día y el lugar
Sebastián Escorza
El Reglamento de Ecología y el Bando de Policía y Buen Gobierno del Ayuntamiento de San Luis Potosí contemplan multas por provocar ruido excesivo, tanto al interior de una casa-habitación como en industrias y en vehículos.
De acuerdo con el Reglamento de Ecología de la capital, se considera ruido excesivo a “las emisiones de sonido que se generen en establecimientos comerciales, industriales y de prestación de servicios, cuyos decibeles excedan los límites establecidos en la NOM-081-SEMARNAT-1994.
La normativa de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) señala que los límites permisibles, en decibeles (dB), son los siguientes:
¿De cuánto son las multas por exceso de ruido?
El Bando de Policía y Buen Gobierno, el Reglamento de Ecología y la Ley de Ingresos municipal contemplan las multas por superar los niveles de ruido descritos anteriormente.
Además del ruido generado en inmuebles, también se contemplan multas de tránsito por circular con exceso de ruido provocado por equipos de audio o modificaciones al sistema de escape de los vehículos.
Así, las multas por exceder el nivel de ruido, según la Ley de Ingresos vigente son las siguientes:
Mientras, el Reglamento de Ecología y el Bando de Policía y Buen Gobierno contemplan las siguientes multas por ruido excesivo:
Las sanciones por ruido excesivo en domicilios particulares se encuentran descritas en el Bando de Policía y Buen Gobierno, donde se establece una multa de 2 a 10 veces la UMA (de $226.28 a $1,131.40), arresto por 2 a 12 horas o trabajo en favor de la comunidad por 2 a 12 horas.






















