Eventos de Semana Santa requerirán permiso con 15 días de anticipación
El actual Ayuntamiento de Tijuana sostiene que esta regulación ofrece certeza jurídica a las asociaciones religiosas, protege el interés colectivo y fomenta la convivencia pacífica en la ciudad.
ITZEL ANAYA SALCEDO
La Ley de Asociaciones Religiosas y Cultos Públicos y su Reglamento establecen en su Artículo 22 que para realizar actos religiosos extraordinarios fuera de templos, los organizadores deben avisar a las autoridades competentes con 15 días de anticipación.
El actual Ayuntamiento de Tijuana sostiene que esta regulación ofrece certeza jurídica a las asociaciones religiosas, protege el interés colectivo y fomenta la convivencia pacífica en la ciudad.
Para mayor información, los representantes de las asociaciones pueden comunicarse al teléfono 664 973 7000, extensiones 7059 o 7828, en un horario de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.
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Desde el punto de vista de la Subdirección de Asuntos Religiosos, la gestión previa de permisos contribuye a evitar conflictos y favorecer el respeto mutuo en el contexto de actividades religiosas en espacios públicos.
El Artículo 22 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Cultos Públicos detalla que los actos fuera de los templos requieren aviso previo, procurando que se cumpla el marco legal y se preserve el orden público, apuntó la subdirección.


























