La interculturalidad en la función judicial: Hacia un modelo de justicia plural e incluyente
“Nuestra capacidad para alcanzar la unidad en la diversidad será la belleza y la prueba de nuestra civilización”. Mahatma Gandhi, líder político, espiritual y social
• Identificamos si la persona procesada o víctima pertenece a una comunidad indígena o afromexicana, reconociendo sus características culturales y necesidades específicas.
• Valoramos las pruebas y los hechos sin prejuicios culturales, y si es necesario, ordenamos diligencias adicionales para contextualizar adecuadamente el conflicto desde una perspectiva intercultural.
• Garantizamos la presencia de intérpretes certificados en lengua indígena, asegurando que las personas comprendan y participen en igualdad de condiciones en su proceso.
• Reconocemos los sistemas normativos indígenas en casos de autogobierno y justicia comunitaria, siempre que no se vulnere el orden público ni los derechos fundamentales.
• Aplicamos un lenguaje claro y respetuoso, evitando referencias peyorativas o que refuercen visiones estigmatizantes hacia los pueblos originarios.
*Titular de la Primera Ponencia y presidenta de la Sala Penal y Especializada en Administración en Justicia para Adolescentes












