Era la mañana del miércoles 13 de enero de 2016 cuando Karla Romero Tezmol salió de su domicilio rumbo a la primaria “Cuauhtémoc”.
La escuela se encontraba a escasas cuadras de su vivienda, en el barrio El Cristo de San Pablo del Monte, por lo que como muchos niños de su comunidad se iba a pie sola.
Empero, en el trayecto la menor de apenas 11 años de edad que cursaba el sexto de primaria fue privada de la libertad a sólo unos metros de llegar a su destino, por sujetos desconocidos a bordo de un automóvil particular.
De aquel entonces a la fecha han transcurrido tres gobiernos estatales (Mariano González Zarur, Marco Antonio Mena Rodríguez y Lorena Cuéllar Cisneros), nueve años con dos meses, seis días y contando en que la población tlaxcalteca mantiene la incógnita: ¿dónde está Karla?
Lo ocurrido en el campo de exterminio de Teuchitlán, Jalisco, ha movido las fibras más sensibles de la sociedad mexicana, hecho del que la comunidad tlaxcalteca no es indolente y, por el contrario, se ha solidarizado con las familias de las víctimas y ha recordado que en este territorio también hay desaparecidos.
Entre ellos está Karla Romero Tezmol, quizá el caso más emblemático de desapariciones forzadas en Tlaxcala, junto con el de Daniela Muñoz Muñoz, ocurrido el 13 de septiembre de 2020 en Apizaco, Tlaxcala, y del que mucho también se ha hablado.
Al igual que ocurre a nivel nacional, la exigencia en lo local de familiares y organizaciones civiles han logrado visibilizar la constante violación a los protocolos de búsqueda de personas en la entidad, como cuando la exprocuradora Alicia Fragoso Sánchez se negaba a difundir la ficha de búsqueda de Karla Romero.
No sólo eso, también se ha comprobado la obstaculización sistemática de la justicia para las mujeres tlaxcaltecas en un contexto de trata de personas, con fines de explotación sexual.
De hecho, el caso Karla Romero Tezmol derivó en la recomendación 83/2018 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos dirigida al gobierno estatal, por violación a los derechos humanos de acceso a la justicia en la modalidad de procuración de justicia en agravio de cuatro personas y al interés superior de la niñez.
Todos esos actos son atribuibles a servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), bajo el mando de Alicia Fragoso, durante el gobierno de Mariano González Zarur.
Cómo olvidar que esa obstaculización se fundamentó en que la PGJE pidió a los padres de Karla Romero no difundir información, además de emitir tardíamente la Alerta Amber, pues la Procuraduría dio aviso a la Coordinación de Alerta Amber México hasta el cuatro de febrero de 2016, es decir, 22 días después de la desaparición, para la activación del mecanismo, además de que radicó un acta circunstanciada por el hecho y no una Averiguación Previa, lo que impidió que el hecho se tratara como la comisión de un delito.
Por eso y mucho más, Olga Tezmol, madre de la menor desaparecida, la recuerda y mantiene la exigencia de justicia para que nunca se deje de buscar a su hija Karla.
Sólo una madre buscadora sabe que el dolor y la angustia es profundo, inmenso y único, y la falta de esperanza se arraiga en sus cuerpos y se convierten en parte de su vida cotidiana.
LUZ AL FINAL DEL TUNEL
Ante lo ocurrido en el rancho Izaguirre de Teuchitlán, Jalisco, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo anunció que este jueves 20 de marzo enviará seis iniciativas al Congreso de la Unión para atender el problema de desapariciones en México.
Y aunque algunas de ellas ya están plasmadas en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, son necesarias reformas para aplicarlas a cabalidad.
La primera propuesta es una reforma a la Ley General de Población con el fin de consolidar el CURP como una fuente única de identidad para poder cruzarla con todos los registros administrativos del país.
Las siguientes reformas a la actual Ley General son: crear la Base Nacional Única de Información Forense que se alimente con datos de los servicios periciales de las 32 fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República, así como de los servicios forenses estatal y federal; crear la Plataforma Nacional de Identificación Humana que comunique y actualice la totalidad de registros administrativos y forenses de cualquier autoridad de todo el país, incluido, cuando así se le llame, el registro del Instituto Nacional Electoral (INE) para cotejo de huellas dactilares, realizar consultas que identifiquen indicios de vida o, incluso, a personas fallecidas.
Fortalecer el Centro Nacional de Identificación Humana que incluya técnicas de identificación de ADN. La cuarta consta de equiparar el delito de desaparición al de secuestro.
La quinta iniciativa propone establecer la publicación mensual de cifras de carpetas de investigación sobre desapariciones de las Fiscalías estatales y la FGR, por medio del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública y, finalmente, la sexta busca fortalecer la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para el acompañamiento, apoyo y asesoría a todos los familiares que tienen alguna persona desaparecida.
De aplicarse en los hechos, lo anterior sin duda será de gran utilidad para combatir este flagelo y darle una luz al final del túnel a quienes han padecido la desaparición de un ser querido.
Aunque me considero un férreo defensor de la libertad de expresión, debo decir que aunque los legisladores capitalinos tengan sus razones para aprobar lo que votaron, me atrevo a tildarlos de ignorantes al prohibir lo que no conocen.
Lo dice muy claro el maestro Armando Fuentes Aguirre: “para que el toro viva, los toros deben morir. Además, no hay un espectáculo que haya dado origen a tanto arte, tan hermoso, magnífico y variado, como la fiesta brava. Poesía, pintura, música, escultura, literatura, danza; todas las artes han recreado en belleza duradera las efímeras bellezas de ese arte, el del toreo, cuyos prodigios duran un instante para volverse luego eternidad”.
El destino propio del toro de lidia es la muerte en el ruedo. Su naturaleza es atacar. El toro de lidia es para lidiarse. Condenarlo a vivir es condenarlo a morir. Eso lo desconocen quienes so pretexto de evitarle crueldad le están infligiendo la crueldad más grave, que es desaparecerlo. Eso no sólo es atentar contra la naturaleza, es también atentar contra la tradición, la belleza y la libertad, para no hablar de los factores económicos y ecológicos que inciden igualmente en sus alrededores.
moises.morales@elsoldetlaxcala.com.mx