Localviernes, 25 de abril de 2025
Circular con vidrios polarizados en Tlaxcala podría costarte una multa de más de tres mil pesos
Colocar adornos o portaplacas en los automóviles es sancionado con más de 500 pesos
Karla Muñetón

Al igual que en varios estados de la república, como es el caso de la Ciudad de México, el reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes de Tlaxcala, en materia de Vías de comunicación, Transporte Público y Privado, establece las reglas que deben seguir los ciudadanos para transitar de manera adecuada en el territorio, lo que incluye restricciones que muchas veces son inobservadas por los ciudadanos.
Una de ellas es la prohibición para que los automóviles tengan cristales polarizados, obscurecidos o contengan aditamentos que obstruyan la visibilidad de la persona conductora al interior del vehículo, a menos que estén instalados de fábrica, pero de acuerdo a las normas expedidas por la autoridad federal correspondiente, o cuando así se requiera por razones médicas, debidamente acreditadas ante la Secretaría y cualquiera de estas circunstancias se indique en la tarjeta de circulación.

En caso de no acatarlo la multa será de 30 unidades de Medida de Actualización (UMA), que significa una cantidad de tres mil 390 pesos. En la Ciudad de México (CMDX) la multa por colocar “Películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20%” es similar a la entidad.
En el caso de las placas de circulación, el ordenamiento de Tlaxcala establece que el ciudadano deberá mantenerlas actualizadas, en buen estado y libres de objetos que dificulten o impidan su inmediata identificación, se colocarán en el lugar destinado por el fabricante.
Por ello, los vehículos no podrán ser equipados con mecanismos o sistemas que tengan la intención de eludir la vigilancia del personal operativo, así como evadir mecanismos de detección de infracciones a través de dispositivos tecnológicos especializados, pues de hacerlo serán sancionados con 565 pesos. En la CDMX podría ser de hasta más de dos mil pesos.
El reglamento de Tlaxcala señala la obligación de los conductores de los dueños a mostrar en sus autos las placas de circulación, que tendrán que colocar una en la parte delantera y otra en la parte posterior del vehículo, en el lugar destinado para ellas por los fabricantes; así también la calcomanía correspondiente a las placas de circulación.
Dice que, en el caso de la tarjeta de circulación vigente, deberá llevarse en el vehículo correspondiente; mientras que el chip vigente deberá adherido en el parabrisas del vehículo y, de la misma forma, el permiso provisional, para circular sin placas y sin tarjeta de circulación, cuando aplique.
En Tlaxcala los conductores tienen prohibido transitar hacerlo sin una o ambas placas de circulación, salvo causa justificada que acreditará con el documento idóneo; deben evitar circular sobre aceras, camellones, isletas o marcas de aproximación; arrojar objetos o basura desde el interior del vehículo a la vía pública; usar teléfono u otro aparato de radiocomunicación mientras conduce y rebasar vehículos por el acotamiento.
El reglamento señala que la velocidad máxima en zonas urbanas del estado, es de 40 kilómetros por hora, salvo señalamiento en contrario, y en el caso de motocicletas es de 30 kilómetros por hora, pero en las zonas escolares será de 20 kilómetros por hora.