Noe Álvarez Pascual / El Sol de Toluca
El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) resolvió cinco juicios a favor de regidores y síndicos municipales que denunciaron obstrucciones a su labor o falta de acceso a información pública, y ordenó a los ayuntamientos de Ocuilan, Chapa de Mota y Acambay entregar los documentos requeridos y respetar sus atribuciones.
Durante la sesión pública, el pleno también declaró improcedentes tres medios de impugnación y confirmó dos acuerdos del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en materia de medidas cautelares.
Entre los casos más relevantes, el Tribunal declaró fundada la obstrucción al ejercicio del cargo de una regidora del Ayuntamiento de Ocuilan, quien denunció que funcionarios municipales le negaron información y despidieron a personal adscrito a su oficina como represalia política.
Aunque el Pleno determinó que sí hubo limitaciones a su desempeño, consideró que no se acreditaron los elementos de violencia política en razón de género y ordenó al presidente municipal, al tesorero y al coordinador de recursos humanos cumplir con la entrega de información y con lo dispuesto en la sentencia.
En el municipio de Chapa de Mota, el síndico municipal ganó el juicio ciudadano 341 de 2025, tras demostrar que el tesorero se negó a proporcionarle un informe detallado sobre el desglose presupuestal del segundo trimestre del año, por lo que el TEEM consideró fundada la vulneración a su derecho político-electoral de ejercer el cargo y revocó el oficio impugnado, ordenando a la autoridad responsable entregar la información completa.
En Acambay, la cuarta y quinta regidora interpusieron juicios por causas similares, en los que el Tribunal determinó que el tesorero municipal les entregó reportes incompletos e incongruentes con lo solicitado, pues en lugar de los desgloses financieros requeridos les envió estados de avance presupuestal que no permiten identificar los recursos ejercidos por sus regidurías.
En ambos casos, las magistraturas ordenaron revocar las respuestas oficiales y entregar la información correcta, subrayando que negarla vulnera el derecho al ejercicio pleno del cargo público.
Confirman acuerdos
Por otra parte, el Tribunal confirmó los acuerdos del IEEM en los recursos de apelación 10 y 11 de 2025, donde ciudadanas impugnaron la negativa de medidas cautelares en procedimientos sancionadores y en ambos casos, se determinó que el Instituto actuó conforme a derecho y motivó adecuadamente su decisión.
Desechan juicios
En la misma sesión, el Pleno desechó tres juicios al considerar que habían quedado sin materia. Uno relativo al Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli, donde se acreditó que la autoridad ya había respondido la petición de la actora, por lo que se sobreseyó el asunto. Los juicios 320 y 335 de 2025 también fueron desechados por la misma causa, aunque las magistraturas Arlen Siu Jaime Merlos y Héctor Romero emitieron votos particulares al considerar que debía realizarse un análisis de fondo.
En total, el Tribunal Electoral resolvió 12 asuntos: cinco en favor de regidores y síndicos municipales, uno por justicia partidista, dos en los que confirmó acuerdos del IEEM y tres que fueron desechados por improcedencia.