elsudcaliforniano
Localsábado, 17 de enero de 2026

¿Tu salario no aumentó al mínimo vigente? Estas son las instancias en BCS para denunciar

Desde enero de 2026 entró en vigor el nuevo salario mínimo; trabajadores que no reciben el monto establecido pueden hacer valer sus derechos

Síguenos en:google

Carolina Vizcarra

Dónde denunciar el incumplimiento salarial

¡Recibe las noticias más importantes de Baja California Sur a través de nuestro newsletter!

Documentos que pueden respaldar la queja

Para cualquiera de estas vías, se recomienda que los trabajadores cuenten con documentos que acrediten la relación laboral, como contratos, recibos de nómina, transferencias bancarias o comprobantes de pago, ya que estos elementos pueden ser solicitados durante el procedimiento.

Multas y sanciones para patrones que incumplen

De acuerdo con este artículo, la Ley Federal del Trabajo establece distintas sanciones para los patrones que pagan un salario inferior al mínimo, dependiendo de qué tanto sea el incumplimiento.

Cuando la diferencia no pagada equivale a hasta un mes de salario mínimo, el empleador puede enfrentar penas de prisión de seis meses a tres años, además de una multa aproximada de 93 mil 848 pesos.

Si el monto que dejó de pagar es mayor y equivale a entre un mes y hasta tres meses de salario mínimo, la sanción también contempla prisión de seis meses a tres años, pero la multa se incrementa a alrededor de 187 mil 696 pesos.

Suscríbete aquí a la edición digital de El Sudcaliforniano

En los casos más graves, cuando el patrón deja de pagar un monto superior a tres meses de salario mínimo, la ley prevé penas de prisión de seis meses a cuatro años y multas que pueden alcanzar cerca de 375 mil 392 pesos.

NOTAS RELACIONADAS

Más Noticias