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Localmartes, 4 de noviembre de 2025

Prohibida la venta de pirotecnia y la expedición de permisos: Llantada

Por quemar pirotecnia la multa va desde las 11 hasta las 40 UMAS equivalentes desde 1 mil 194.27 pesos hasta los 4 mil 342.80 pesos

Vicente Guerra

Precisó que todos los inspectores de comercio ambulante tienen la orden de que cualquier persona que sea sorprendida comercializando pirotecnia sea incautada para depositarla en los establecimientos de bomberos.

Así mismo, comentó que la persona podrá ser aprehendida por la policía de la Unidad de Ecología de la Dirección de Seguridad Pública Municipal (DSPM) para ser presentada ante un juez calificador.

Cabe mencionar que desde el año pasado la alcaldesa de Mexicali, Norma Alicia Bustamante Martínez, señaló que habría cero tolerancia por parte de las autoridades para quien sea sorprendido vendiendo, tronando o quemando pirotecnia y leña.

Además, del área de Ecología de la DSPM, se informó que los montos de las multas por quemar leña van de las 41 a 200 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) equivalentes desde los 4 mil 451.37 pesos hasta los 21 mil 714 pesos.

Por quemar pirotecnia la multa va desde las 11 hasta las 40 UMAS equivalentes desde 1 mil 194.27 pesos hasta los 4 mil 342.80.

Sobre ser sorprendido vendiendo pirotecnia, se informó que se realiza directamente la detención en donde el juez calificador de la DSPM determina el tiempo del arresto, el cual puede ser de hasta 36 horas, o pagar una multa.

No obstante, de ser cantidades de cohetes en un alto volumen, quien se hace cargo del decomiso y de las infracciones es la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa), por ser delito federal.

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