Reforma contra el halconeo no sanciona a cámaras privadas: Pon Méndez
Aprobada el 28 de agosto en el Congreso del Estado, la reforma aumentó la pena a quien cometa este delito hasta entre 3 y 8 años
Andrea Jiménez
Pon Méndez afirmó que los ciudadanos tienen derecho a colocar las cámaras de seguridad que deseen en el interior de su propiedad privada, ya que lo único prohibido es colocar cámaras en la vía pública sin contar con una autorización previa por parte de la autoridad.
Por parte de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC), se tienen instaladas 4 mil 310 cámaras de video vigilancia en diversos puntos del estado, y aquella persona que las dañe podría recibir una sanción bajo la nueva legislación.
Endurecen penas
La reforma fue aprobada por el Congreso del Estado a finales de agosto, con penas de tres a ocho años de prisión y multas de 200 a 400 veces la UMA, que en 2025 oscila entre los 22 mil 628 y 45 mil 256 pesos, a quienes cometan la conducta conocida como “halconeo”.
Se conoce como halconeo a la práctica que consiste en obtener información sobre instituciones de seguridad pública y procuración de justicia para cometer, facilitar o encubrir delitos.
De acuerdo a la reforma aprobada, comete el delito quien instale sistemas de vigilancia en la vía pública (postes, alumbrado público, etc.) o en inmuebles destinados a la prestación de un servicio público sin la autorización de las autoridades correspondientes.
Asimismo, se sancionará a quien intervenga, dañe o altere los elementos que integran el sistema de video vigilancia de seguridad pública, instalados en la vía pública o en inmuebles destinados a la prestación de un servicio público.
Las sanciones aumentarán además cuando la persona que comete el delito sea o haya sido servidor público o integrante de instituciones de seguridad pública o la procuración de justicia, incrementando las penas hasta al 50%.

























