Revisarán que candidatos al PJ no sean deudores alimentarios
Según la constitución, tampoco pueden ser candidatos los sentenciados por violencia contra la mujer, violencia familiar o delitos sexuales
Andrea Jiménez
Viridiana Maciel Sánchez, consejera electoral de Baja California, puntualizó que esto es parte de la última reforma electoral a nivel federal, popularmente conocida como “Ley 8 de 8”, la cual también se aplica a la elección judicial.
“Al encontrarse en alguno de estos supuestos pues no podrían estar ellos ejerciendo un cargo de elección popular, que en este caso sería un cargo para juzgadoras o juzgadores”
Ante esta situación, explicó la consejera, el Consejo General del organismo aprobó un proceso de verificación para asegurar que ninguno de los 239 candidatos que participan en la elección local se encuentren bajo estos supuestos.
De acuerdo a la entrevistada, el instituto electoral se encuentra obligado a verificar esta situación antes de la entrega de la constancia de mayoría a quienes resulten ganadores en la elección del 1 de junio.



























