Análisisjueves, 13 de junio de 2019
El Teatro de la República
El Teatro de la República
Fernando Ortiz Proal
Notario Público 19 de Querétaro.
ferortiz@notaria19qro.com
PRIMER ACTO. ¿QUÉ ES EL ESTADO DE DERECHO? La idea moderna del Estado de Derecho nace en Alemania en las postrimerías del siglo XIX. La influencia humanista de la época transformó la percepción original del Estado de Derecho como imperio de la ley, en un verdadero ideario político que se caracteriza por las exigencias de la democracia y la justicia. Por ello, y en franca alusión a estos fines, la noción contemporánea del Estado de Derecho se ha denominado como Estado Social de Derecho o Estado Justo de Derecho. Y este concepto se traduce en la aspiración humana de construir, conservar y perfeccionar un sistema de convivencia social cimentado en principios tales como la libertad, la justicia, la democracia y el bienestar. Pero este anhelo milenario, contrasta notoriamente con la penosa realidad social de nuestro tiempo. Es innegable el impresionante desarrollado científico y tecnológico que ha alcanzado el ser humano. Sin embargo, este probado talento para crear novedosos bienes y producirlos en masa se enfrenta cotidianamente a nuestra también probada incapacidad para encontrar las fórmulas sociales, políticas y económicas idóneas para dotar a ese desarrollo de sentido humano.
SEGUNDO ACTO. SOLIDARIDAD. Y pese a los avances en el campo de las telecomunicaciones, actualmente los hombres nos encontramos muy distantes los unos de los otros. La pobreza, la corrupción, los abusos y la injusticia, reflejan la ausencia de comunión entre los seres humanos. Por ello, el primer elemento para la construcción de un verdadero Estado Social de Derecho es la vigencia de un valor de carácter espiritual: la solidaridad. Que no es otra cosa que dejar de lado nuestra indiferencia para comprometernos con un proyecto de bienestar común, independientemente de nuestras válidas y respetables diferencias ideológicas, políticas, religiosas, sexuales o de cualquier otra índole.
TERCER ACTO. CONDICIONES MÍNIMAS PARA UN ESTADO DE DERECHO. En el ámbito político, la construcción de un Estado de Derecho exige cuatro condiciones mínimas: la consolidación de un régimen democrático, plural y participativo; la vigencia del principio de división de poderes; el pleno reconocimiento y la efectiva tutela de los derechos humanos; y la existencia de un orden normativo que brinde certeza jurídica y procure y administre justicia.
TRAS BAMBALINAS. DEMOCRACIA EN OBRA NEGRA. Atendiendo a estos requisitos, vemos que en México nuestra democracia continúa en “obra negra”. Nuestro sistema político es imperfectamente democrático, excesivamente plural y ocasionalmente participativo. En las elecciones estatales de hace un par de semanas vimos una escasísima participación. El principio de división de poderes prevalece itinerantemente. El Ejecutivo, especialmente en el ámbito local, atropella a los demás poderes, ejerciendo controles mediante la designación de los juzgadores y la operación política con los legisladores. La cuestión de la tutela de los derechos humanos sigue siendo un reto nacional. Y, si bien contamos con un ordenamiento jurídico basto, muchas veces la aplicación de las leyes es selectiva y hasta casuística.