El pago de 100.00 UMA por la inscripción de la traslación de dominio de vivienda de interesa social o popular, de lotes o de predios destinados a vivienda, 180 UMA por el registro de donaciones
100 UMA por la inscripción de registros hipotecarios o por inscripción de embargos, se adicionó el artículo 98-A, en el que se establecen nuevos derechos por los servicios que presta la Secretaria de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca:
Por la producción de plantas y semillas, de plantas frutales en peligro de extinción; plantas tropicales de frutales varias o injertados 0.148 UMA, por asesoría técnica para la injertación de diversas especies de plantas y semillas 34.00 UMA
También se inserta el artículo 98-C para establecer los servicios prestados por la Secretaria de Cultura, el que se determina el pago que deben realizar las diversas escuelas públicas y privadas por el uso de las instalaciones del Planetario, de los auditorios, salones de usos múltiples, museos y teatros
Se contemplan incrementos en los servicios funerarios que presta el ISSET, por ejemplo: actualmente por el uso de la sala velatorio se cobran 55.65 UMA y a partir de 2020 el costo de 63.33
Diversos cobros por los servicios prestados por la Secretaria de Salud, el DIF, principalmente en lo que concierne a la atención que se brinda en el Centro de Atención Integral a Personas con Discapacidad Auditiva.
En este rubro destaca que la consulta por primera vez, costara 0.36 UMA, la valoración del lenguaje de 0.59 a 2.37 UMA según el nivel. La audiometría de 0.59 a 1.18, según el nivel
En lo relativo al reemplacamiento se contempla que los nuevos juegos de placas tendrán un costo de 12 UMA, según se aprecia en los artículos 85 y 86, fracción V, inciso a), de ambos numerales.
Esto significa 2 UMA más de lo que costó el reemplacamiento anterior, por lo cual tomando en cuenta que el valor actual de los UMA es de 84.9, significa que las nuevas placas tendrán un costo de 1,013. 88