Endurecen multas en nueva "Ley antitabaco"
De hasta 347 mil 520 pesos a quienes no acaten las restricciones planteadas en la nueva legislación
Elizabeth Ríos / El Occidental
En estos espacios no solo no se podrá fumar el cigarro convencional, sino que tampoco se podrá hacer uso de dispositivos electrónicos, tengan o no nicotina, entiéndase los famosos "vapeadores".
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Respecto de las sanciones, la nueva legislación establece amonestación con apercibimiento; multa; clausura temporal o definitiva; así como arresto de hasta 36 horas a quienes no acaten las nuevas disposiciones.
También, se delimita que en caso de reincidencia se aplicará el doble del monto de la sanción impuesta, y si se vuelve a cometer la falta se procede al arresto por 36 horas.
Con la expedición de esta nueva ley, diputados en comisiones también dieron luz verde para abrogar la actual.
La iniciativa la presentó en su momento el presidente de la Comisión de Salud, el diputado de Morena, Arturo Lemus Herrera y plantea además que las sanciones serán conmutadas a juicio de la autoridad, por la asistencia a clínicas contra el tabaquismo o similares.
El recurso que resulte de las multas se deberá destinar a programas de atención y prevención de enfermedades atribuibles al tabaco o para llevar acciones de control epidemiológico e investigaciones en la materia.
De aprobarse en el pleno, la ley entraría en vigor 90 días después de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, pues los municipios -en el mismo tiempo- deberán realizar las adecuaciones reglamentarias correspondientes.


























